Por Orden de 29 de julio de 1996 («Boletín Oficial del Estado» número 192, de 9 de agosto) se ha aprobado el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, insertado como anexo de aquélla.
Al haberse producido algunos errores y omisiones en el texto del citado Cuadro Nacional de Atribución de Frencuencias, resulta preciso realizar las oportunas rectificaciones.
En su virtud, dispongo:
Primero.-El Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias aprobado por la Orden de 29 de julio de 1996, queda corregido y completado con las modificaciones que figuran en el apéndice de esta Orden.
APÉNDICE
En la tabla 27,5 - 40,98 MHz, en la página 33, en el último cuadro debe sustituirse «UN-73 ICM» por «UN-73».
En la tabla 15,35-17,7 GHz, en el encabezado en la segunda línea de la página 74, en lugar de «15,35-17,7 MHz», debe poner «15,35-17,7 GHz».
En la UN-29, en la página 143, debe sustituirse «Telemendos» por «Telemandos».
En la UN-67, en la página 151, debe sustituirse «se limita los ...» por «se limita a los ...».
En la UN-74, en la página 152, debe añadirse a continación de 1.6.1995, «a los títulos», de manera que la frase queda redactada de la siguiente forma: «No se otorgarán nuevas prórrogas a partir del 1.6.1995 a los títulos habilitantes, ... ».
En la UN-76, en la última línea de la página 153, debe sustituirse «frencuencia» por «frecuencias».
En la UN-93, en la primera línea de la página 158, en lugar de «Ghz» debe poner «GHz».
Por último, en la UN-94, en la página 158, en lugar de «distribución multipunto» debe poner «distribución punto a multipunto».
Segundo.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de diciembre de 1996.
ARIAS-SALGADO MONTALVO
Ilmos. Sres. Secretario general de Comunicaciones y Director general de Telecomunicaciones.
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