El Tribunal Constitucional, por auto de 8 de abril actual, ha acordado dar por terminado el recurso de inconstitucionalidad número 2.986/95, promovido por el Presidente del Gobierno contra los artículos 1, apartado 1; 2, apartado 2, y 20, apartados 1 y 2, de la Ley de la Asamblea de Extremadura 4/1995, de 20 de abril, de Crédito Cooperativo, cuya incoación a trámite se publicó en el «Boletín Oficial. del Estado» de 3 de noviembre de 1995.
Madrid, 8 de abril de 1997.—El Presidente del Tribunal Constitucional, RODRÍGUEZ BEREIJO
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