Advertido error en la Resolución de esta Dirección General de Trabajo de fecha 24 de marzo de 1998, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la Revisión Salarial para 1998 del III Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanzas Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, publicación que se realizó en el "Boletín Oficial del Estado" número 88, de 13 de abril de 1998, Esta Dirección General resuelve efectuar la rectificación del citado error:
En la página 12269, al final de las tablas salariales y antes del apartado addenda se inserta el párrafo siguiente:
"Las diferencias salariales que la empresa adeude a los trabajadores como consecuencia de la aplicación de las presentes tablas salariales desde el día 1 de enero de 1998, deberán quedar saldadas en un plazo máximo de dos meses desde la publicación en el ``Boletín Oficial del Estado''."
Madrid, 3 de julio de 1998.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
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