El Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de diciembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4837/1998, planteada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, respecto de la disposición transitoria octava del Decreto Legislativo de la Generalidad de Cataluña 1/1990, de 12 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia urbanística, por su posible contradicción con los artículos 82 y 137 de la Constitución.
Madrid, 15 de diciembre de 1998.- El Secretario de Justicia.
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