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Documento BOE-A-1998-7381

Resolución de 6 de marzo de 1998, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y posterior publicación del Acta, de fecha 28 de enero de 1998, en la que se contiene el Acuerdo de modificación del punto 3 del artículo 9.1 del Convenio Colectivo Nacional del Ciclo de Comercio del Papel y Artes Gráficas.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 30 de marzo de 1998, páginas 10673 a 10674 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-7381
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1998/03/06/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta, de fecha 28 de enero de 1998, en la que se contiene el Acuerdo de modificación del punto 3 del artículo 9.1 del Convenio Colectivo Nacional del Ciclo de Comercio del Papel y Artes Gráficas (código de Convenio número 9901105, "Boletín Oficial del Estado" 18 de agosto de 1997), acuerdo que ha sido alcanzado por la Comisión mixta interpretativa constituida de una parte por las organizaciones empresariales FANDE, CEGAL y Asociación Nacional de Almacenistas de Papel, en representación de las empresas del sector, y de otra por organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 6 de marzo de 1998.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DEL CICLO DE COMERCIO DEL PAPEL Y ARTES GRÁFICAS, CELEBRADA EL DÍA 28 DE ENERO DE 1998

En Madrid, a las diecisiete horas del día 28 de enero de 1998, se reúnen, previa convocatoria en el domicilio de la Comisión mixta del Convenio Colectivo Nacional del Ciclo de Comercio del Papel y Artes Gráficas, calle Villalar, número 6, los representantes de los trabajadores y de los empresarios que se reseñan, actuando como Secretario de Actas don Julio Crespo Esteban.

Asistentes:

Representación de los trabajadores: CC. OO. y UGT.

Representación de los empresarios: FANDE, CEGAL, Asociación Nacional Almacenistas de Papel y ANAPOE.

Abierta la sesión, se trató del artículo 9.1, jornada, y dicha Comisión acordó redactar el punto 3 del artículo 9.1, jornada, que a partir de ahora quedará de la siguiente manera:

"3.o Cuando en una empresa se produzca una sobrecarga de trabajo extraordinario por circunstancias de mercado, podrá la Dirección de la misma establecer un horario más prolongado, hasta las diez horas, para el personal imprescindible, con veinticuatro horas de preaviso, reduciendo la jornada semanal en las épocas de menor actividad, siempre que se cumpla el número de horas anuales laborales, remunerando las que excedan del tope anual como extraordinarias."

Las partes acuerdan convocar una nueva reunión de la Comisión mixta para el próximo 18, a las diecisiete horas, en la sede social del Gremio de Artes Gráficas.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, a las dieciocho horas del día de la fecha.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 06/03/1998
  • Fecha de publicación: 30/03/1998
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 9.1.3 del Convenio publicado por Resolución de 29 de julio de 1997 (Ref. BOE-A-1997-18484).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
Materias
  • Artes Gráficas
  • Convenios colectivos
  • Industria papelera

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