Observado error de transcripción en el texto de la citada Ley, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 310, de 27 de diciembre de 1997, se procede a su corrección en la forma siguiente:
En la página 38096, artículo 1.a), segundo párrafo, sexta línea, donde dice: «...en declaración conjunta, podrán deducirse el 5 por 100...», debe decir: «...en declaración conjunta, podrán deducirse el 3 por 100...».
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