El Tribunal Constitucional, por Auto de 15 de septiembre actual, ha acordado levantar la suspensión de la vigencia y aplicación del artículo 101.2 de la Ley de Cataluña, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona, dictado por el Pleno en el recurso de inconstitucionalidad número 1.440/1999, promovido por el Presidente del Gobierno, que invocó el artículo 161.2 de la Constitución, y cuya suspensión se produjo por providencia de 27 de abril de 1999, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 6 de mayo siguiente.
Madrid, 15 de septiembre de 1999.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
CRUZ VILLALÓN
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