Este Rectorado, en virtud de las competencias que tiene atribuidas, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 29 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, y sus posteriores modificaciones, ha resuelto ordenar la publicación de la modificación de la Resolución de 2 de octubre de 1995, por la que se ordenaba la publicación del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Licenciado en Farmacia, "Boletín Oficial del Estado" número 260, de 31 de octubre de 1995, en los siguientes puntos:
Página 114, punto 6, "especificaciones y aclaraciones", añadir el siguiente párrafo: "Según exige el Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio, en la directriz segunda, y la Directiva 85/432/CEE, la materia troncal Estancias, organizada en la asignatura "Prácticas Tuteladas", con una asignación de 15 créditos troncales prácticos, se realizará durante un período de seis meses de prácticas de formación tuteladas en una oficina de farmacia o farmacia hospitalaria, con una equivalencia de ochocientas horas."
Páginas 113 y 114, punto 8, "organización temporal de las enseñanzas":
a) Curso quinto, segundo semestre: Suprimir las asignaturas troncales "Gestión y Planificación" y "Legislación y Deontología".
b) Curso quinto, primer semestre: Incluir las asignaturas troncales "Gestión y Planificación" y "Legislación y Deontología".
La Laguna, 8 de octubre de 1999.-El Rector, José S. Gómez Soliño.
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