El Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de febrero actual, ha admitido a trámite la Cuestión de inconstitucionalidad número 281/1999, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, respecto de la disposición transitoria octava del Decreto Legislativo de la Generalidad de Cataluña 1/1990, de 12 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigente en materia urbanística, por posible vulneración de los artículos 82 y 137 de la Constitución.
Madrid, 9 de febrero de 1999.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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