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Documento BOE-A-1999-4309

Cuestión de inconstitucionalidad número 281/1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 1999, páginas 7330 a 7330 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1999-4309

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de febrero actual, ha admitido a trámite la Cuestión de inconstitucionalidad número 281/1999, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, respecto de la disposición transitoria octava del Decreto Legislativo de la Generalidad de Cataluña 1/1990, de 12 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigente en materia urbanística, por posible vulneración de los artículos 82 y 137 de la Constitución.

Madrid, 9 de febrero de 1999.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 09/02/1999
  • Fecha de publicación: 20/02/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado de la disposición transitoria 8, con los efectos señalados en el f.j 15, por Sentencia 51/2004, de 13 de abril (Ref. BOE-T-2004-9214).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad de la disposición transitoria 8 del Decreto Legislativo 1/1990, de 12 de julio (Ref. DOGC-f-1990-90002).
Materias
  • Administración Local
  • Cataluña
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Expropiación forzosa
  • Suelo
  • Urbanismo

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