Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BOE-A-1999-4316

Corrección de errores del Real Decreto 2820/1998, de 23 de diciembre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 1999, páginas 7345 a 7345 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-4316
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1998/12/23/2820/corrigendum/19990220

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 2820/1998, de 23 de diciembre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 312, de 30 de diciembre de 1998, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 44098, primera columna, artículo 3, apartado 3, párrafo b), octava línea, donde dice: «... de los complementos de tarifa, a estos efectos,...»; debe decir: «... de los complementos de la tarifa, se considerará, a estos efectos,...».

En la página 44098, primera columna, artículo 4, apartado 1, sexta línea, donde dice: «... adicionales aplicando lo...»; debe decir: «... adicional aplicando lo...».

En la página 44098, segunda columna, artículo 4, apartado 2, primer párrafo, penúltima línea, donde dice:

«... en baja tensión y las tarifas en alta...»; debe decir:

«... en baja tensión y las tarifas generales en alta...».

En la página 44098, segunda columna, artículo 4, apartado 4, primer párrafo, quinta línea, donde dice:

«... de 26 de noviembre, por el que...»; debe decir:

«... de 26 de diciembre, por el que...».

En la página 44099, segunda columna, artículo 7, apartado 1, modo 2, párrafo a), tercera línea, donde dice:

«... de +15 y -15 por 100,...»; debe decir: «... de + 5 y -15 por 100,...».

En la página 44100, primera columna, apartado 1, modo 3, primer párrafo, primera línea, donde dice:

«P 3 = potencia a considerar en horas llano y valle...»; debe decir: «P 3 = potencia a considerar en horas valle...».

En la página 44101, primera columna, artículo 8, apartado 1, párrafo d), tipo 3, en el cuadro de horas punta, llano y valle, para la zona 5, en horario llano de verano, donde dice:

«01

9-19

23-24»,

debe decir:

«0-1

9-19

23-24»,

En la página 44101, segunda columna, artículo 8, apartado 1, párrafo d), tipo 4, en el cuadro de horas punta, llano y valle, para la zona 5, en horario de verano, donde dice:

«01

9-17

23-24»,

debe decir:

«0-1

9-17

23-24».

En la página 44102, segunda columna, artículo 9, segundo parrafo, séptima línea, donde dice: «...

considerado por un precio...»; debe decir: «... considerado por su precio...».

En la página 44103, segunda columna, artículo 10, apartado 2, último parrafo, tercera línea, donde dice:

«... para las tarifa de acceso estos...»; debe decir:

«... para las tarifas de acceso de baja tensión estos...».

En la página 44104, segunda columna, artículo 12, apartado 1.2, donde dice: «A ci = se calculará de acuerdo...»; debe decir: «A ei = se calculará de acuerdo...».

En la página 44104, segunda columna, artículo 12, apartado 2, donde dice: «t ci = precio del término de...»; debe decir: «t ei = precio del término de...».

En la página 44105, primera columna, artículo 13, tarifa general de alta tensión, primer párrafo, segunda línea, donde dice: «... y de energía, t ci , de...»; debe decir: «... y de energía t ei , de...».

En la página 44105, segunda columna, artículo 13, segundo cuadro, segunda columna, donde dice: «... en el período i Porcentaje»; debe decir: «... en el período tarifario i Porcentaje « ». Y en la tercera columna, donde dice: «Descuento en el períodoi-Diporcentaje»; debe decir: «Descuento en el período tarifarioi-Diporcentaje».

En la página 44106, disposición adicional primera, en el cuadro, para la central de Puertollano, primera columna, donde dice: «1,1597 + 0,5812»; debe decir: «1,1579 + 0,5812».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 20/02/1999
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre (Ref. BOE-A-2001-20850).
  • Fecha de derogación: 09/11/2001
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2820/1998, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-30043).
Materias
  • Energía eléctrica
  • Tarifas

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid