El Tribunal Constitucional, por auto de 23 de marzo actual, ha acordado levantar la suspensión de la vigencia y aplicación de la Ley de la Comunidad Autónoma de Extremadura 9/1998, de 26 de junio, del Impuesto sobre el Suelo sin Edificar y Edificaciones Ruinosas, cuya suspensión se produjo en el recurso de inconstitucionalidad número 4487/1998, que fue promovido por el Presidente del Gobierno, con invocación del artículo 161.2 de la Constitución y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 278, de 20 de noviembre de 1998.
Madrid, 23 de marzo de 1999.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
CRUZ VILLALÓN
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