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Documento BOE-A-1999-8153

Resolución de 16 de marzo de 1999, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Acta con la prórroga de Convenio y la revisión salarial del Convenio Colectivo de la Empresa «Hero España, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 1999, páginas 13445 a 13450 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-8153
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1999/03/16/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta con la prórroga de Convenio y la revisión salarial del Convenio Colectivo de la Empresa «Hero España, Sociedad Anónima» (código de Convenio número 9008202), que fue suscrito con fecha 2 de febrero de 1999, de una parte, por los designados por la Dirección de la Empresa para su representación y, de otra, por el Comité de Empresa en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.‒Ordenar la inscripción del Acta con la prórroga de Convenio y la revisión salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.‒Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de marzo de 1999.‒La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA FINAL DE ACUERDOS ADOPTADOS POR LA NUEVA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LAS REVISIONES ECONÓMICAS Y OTRAS DEL CONVENIO DE «HERO ESPAÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA» 1998-1999

Como consecuencia de las elecciones sindicales celebradas en diciembre de 1998 y del nombramiento de nuevos miembros de Comité de Empresa, de los que ha surgido la nueva Comisión Negociadora de la parte social, legitimada para la negociación de los futuros Convenios de Empresa y actualmente para la revisión de las tablas salariales de Convenio Colectivo de Empresa en vigor y adaptaciones de dicho Convenio a la normativa vigente, ambas partes acuerdan reunirse en Comisión Negociadora para que en base a lo establecido en el artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores, establecer los siguientes acuerdos que modifican el actual Convenio Colectivo de Empresa en vigor:

Aspectos económicos:

Primero.‒Se acuerda para 1999 desde los niveles 3 al 30 un incremento salarial del 2,3 por 100 sobre los conceptos salario base, antigüedad, complementos de empresa, incluidos los complementos por puesto.

Para el personal fijo discontinuo un incremento de un 2,3 por 100 sobre el salario bruto diario de las tablas salariales del Convenio de Empresa de 1998 desde el nivel 102 en adelante.

Igualmente se acuerda la convergencia salarial del nivel 101 de las tablas salariales del Convenio de Empresa, a 834 pesetas brutas (incluidas partes proporcionales) en cuatro años, más las subidas porcentuales que sufra este nivel durante este período, quedando para 1999 el nivel 101 en 672 pesetas brutas hora ordinaria (partes proporcionales incluidas).

Segundo.‒Cláusula de revisión salarial para los niveles del 3 al 20 y del 100 al 116 del Convenio de Empresa 1998/1999, en el caso de que el IPC registrado al 31 de diciembre de 1999 sea superior al 2,3 por 100, se actualizarán los niveles de las tablas salariales de 1998, teniendo efectos retroactivos si el exceso es superior a 0,5 décimas y como máximo un 0,5 por 100.

A partir del nivel 21 en el caso de que el IPC registrado al 31 de diciembre de 1999, sea superior al 2,3 por 100, se actualizarán los niveles de las tablas salariales del Convenio de 1998 y con un máximo de 0,5 por 100.

Tercero. Revisión de categorías.‒Se establece una mejora económica de revisión de categorías profesionales para los niveles del 3 al 12, mediante una subida lineal de 650 pesetas brutas mes, más pagas extraordinarias, a las siguientes categorías:

Profesional primer grado.

Ayudante chófer autorizado tercer grado.

Oficial tercera tercer grado.

Ayudante chófer autorizado segundo grado.

Oficial tercera segundo grado.

Ayudante chófer autorizado primer grado.

Oficial segunda Oficios Auxiliares tercer grado.

Oficial tercera primer grado.

Oficial segunda Oficios Auxiliares primer grado.

Oficial segunda Producción tercer grado.

Oficial segunda chófer tercer grado.

Oficial primera Producción segundo grado.

Oficial segunda Oficios Auxiliares primer grado.

Oficial segunda chófer segundo grado.

Oficial segunda Producción segundo grado.

Oficial segunda Producción primer grado.

Oficial primera Producción tercer grado.

Oficial segunda chófer primer grado.

Oficial segunda Mantenimiento tercer grado.

Oficial primera Oficios Auxiliares tercer grado.

Oficial segunda Mantenimiento segundo grado.

Oficial primera Oficios Auxiliares segundo grado. Oficial primera chófer tercer grado.

Igualmente, se establece la misma mejora económica para los niveles del 102 al 116 de las tablas salariales del Convenio de Empresa 1998/1999.

Aspectos normativos:

Primero. Aclaración del artículo 6 del Convenio Colectivo.‒Para los trabajadores fijos discontinuos y contratados a tiempo parcial indefinidos, cuyos contratos sean anteriores a la entrada en vigor de la Ley 15/1998, de 27 de noviembre, la jornada semanal será de cuarenta horas como máximo, de lunes a sábado, y diaria de nueve horas, siendo la jornada máxima anual ordinaria de trabajo efectivo inferior a 1.800 horas anuales como máximo.

Serán horas extraordinarias las horas que superen los topes antes indicados.

Los trabajadores eventuales y contratados a tiempo determinado, la jornada semanal será de cuarenta horas ordinarias como máximo, de lunes a sábado, y diaria de nueve horas, con las intermitentes propias de su actividad cíclica y con la duración máxima de jornada que establezca su contrato de trabajo.

Segundo. Vigencias.‒Para adecuar el contenido normativo del Convenio Colectivo de Empresa a la actual situación social y a los cambios legislativos que se están produciendo, que no pueden ser asumidos nada más que en un período transitorio, las partes acuerdan ampliar la vigencia del Convenio en todo su articulado en un año más, por lo que la vigencia de dicho Convenio se establece hasta el 31 de diciembre de 2000.

Como consecuencia de la ampliación de la vigencia del Convenio Colectivo de Empresa, la tabla de retribuciones para ese tercer año de vigencia pactado, será objeto de única negociación en el primer trimestre del año 2000.

Tercero. Nombramiento de la Comisión Paritaria.‒A los efectos de la negociación de los incrementos salariales en las tablas salariales del tercer año de vigencia del Convenio Colectivo, se determina los componentes de la Comisión Paritaria del presente Convenio.

En representación de la empresa:

Don Emilio Gimeno Cuspinera.

Doña Encarna Guirao Jara. Don Pedro Pérez Aráez.

En representación de los trabajadores:

Don Juan Martínez Hernández.

Doña María Sánchez Poveda.

Don Francisco Moscardó Bastida.

Sin más asuntos a tratar, se levantó la reunión a las dieciocho horas, en Alcantarilla a 2 de febrero de 1999.

ANEXO AL CONVENIO DE «HERO ESPAÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA»

Personal fijo de plantillas

Categorías

Tabla salarial

Salario base

Pesetas

Complemento empresa

Pesetas

Total mensual

Pesetas

Nivel número 1
Ayudante auxiliar. 84.836   84.836
Nivel número 2
Auxiliar de Producción de segundo grado, logístico, etc. 102.986   102.986
Nivel número 3

Auxiliar de Producción de primer grado, logístico, etc.

Auxiliar administrativo de cuarto grado y Auxiliar de Laboratorio de cuarto.

Operador de Informática de cuarto grado y Ayudante de Mantenimiento de cuarto.

Especialistas de cuarto grado.

Ayudante chófer autorizado de cuarto grado.

103.381   103.381
Nivel número 4

Operador informático de tercer grado.

Auxiliar administrativo de tercer grado

Prof. producc., logist. y limp. de primer grado.

Auxiliar de laboratorio B-2.

Ayudante chófer autorizado de tercer grado.

117.855 1.775 119.630
Nivel número 5

Operador informática de segundo grado.

Auxiliar administrativo de segundo grado.

Degustadores de tercer grado.

Merchandaising de tercer grado.

Ayudante chófer autorizado de segundo grado.

Auxiliar laboratorio B-1.

Oficial de tercera de tercer grado.

124.185 1.870 126.055
Nivel número 6

Operador de informática de primer grado.

Auxiliar administrativo de primer grado.

Degustadores de segundo grado.

Merchandaising de segundo grado.

Oficial tercera de segundo grado.

Auxiliar de Laboratorio A-3.

Ayudante chófer autorizado de primer grado.

133.103. 2.004 135.107
Nivel número 7

Oficial de segunda de Oficios Auxiliares de tercer grado.

Oficial de tercera de primer grado.

Vigilantes.

Degustadores de primer grado.

Merchandaising de primer grado.

Porteros.

Auxiliar de Laboratorio A-2.

136.023 2.048 138.071
Nivel número 8

Oficial de segunda Administrativo de tercer grado.

Oficial de segunda de Oficios Auxiliares de segundo grado.

Oficial de segunda de Producción de tercer grado.

Oficial de segunda Chófer de tercer grado.

Especialistas de Sistemas de tercer grado.

Auxiliar de Laboratorio A-1.

141.056 2.121 143.177
Nivel número 9

Oficial de segunda Administrativo de segundo grado.

Oficial de segunda de Oficios Auxiliares de primer grado.

Oficial de segunda Chófer de segundo grado.

Oficial de segunda de Producción de segundo grado.

Especialista de Sistemas de segundo grado.

Ayudante Laboratorio B-3.

146.107 846 146.953
Nivel número 10

Oficial de segunda Administrativo de primer grado.

Oficial de segunda de Producción de primer grado.

Oficial de primera de Sistemas de tercer grado.

Especialistas de Sistemas de primer grado.

Ayudante de Laboratorio B-2.

150.476 870 151.346
Nivel número 11

Oficial de primera Administrativo de tercer grado.

Oficial de primera de Producción de tercer grado.

Oficial de segunda Chófer de primer grado.

Oficial de segunda de Mantenimiento de tercer grado.

Oficial de primera de Oficios Auxiliares de tercer grado.

Oficial de primera de Sistemas de segundo grado.

Ayudante de Laboratorio B-1.

156.049 902 156.951
Nivel número 12

Oficial de primera Administrativo de segundo grado.

Oficial de segunda de Mantenimiento de segundo grado.

Oficial de primera de Oficios Auxiliares de segundo grado.

Oficial de primera Chófer de tercer grado.

Oficial de primera de Producción de segundo grado.

Oficial de primera de Sistemas de primer grado.

Ayudante de Laboratorio A-3.

164.947 954 165.901
Nivel número 13

Oficial de primera Administrativo de primer grado.

Oficial de primera Chófer de segundo grado.

Oficial de segunda de Mantenimiento de primer grado.

Programador junior B de tercer grado.

Oficial de primera de Producción de primer grado.

Ayudante de Laboratorio A-2.

171.050 989 172.039
Nivel número 14

Oficial de primera de Oficios Auxiliares de primer grado.

Oficial de primera de Mantenimiento de tercer grado.

Programador junior B de segundo grado.

Supervisor de Producción de tercer grado.

Técnico de Laboratorio B de tercer grado.

Electroinstrumentalista de cuarto grado.

Ayudante de Laboratorio A-1.

175.734 1.017 176.751
Nivel número 15

Oficial de primera de Mantenimiento de segundo grado.

Supervisor de Producción de segundo grado.

Jefes de grupo de Oficios Auxiliares B-3.

Programador junior B de primer grado.

Márketing assistant B de tercer grado.

Técnico administrativo B-3.

Técnico de Laboratorio de primer grado.

Electroinstrumentalistas de tercer grado.

Vendedor junior de tercer grado.

Técnico de Laboratorio B-3.

     
     
Nivel número 16

Técnico Administrativo B-2.

Programador junior A de tercer grado.

Supervisor de producción de primer grado.

Jefe de Grupo de Oficios Auxiliares B-2.

Oficial de primera de Mantenimiento de primer grado.

Márketing assistant B de segundo grado.

Oficial de primera chófer de primer grado.

Técnico de Laboratorio B de primer grado.

Electroinstrumentalista de segundo grado.

Vendedor junior de segundo grado.

Técnico de Laboratorio B-2.

180.418 1.044 181.462
189.918 1.099 191.017
Nivel número 17

Técnico Administrativo B-1.

Programador junior A de segundo grado.

Jefe de grupo de producción de tercer grado.

Jefe de oficios auxiliares B-1.

Marketing assistant B de primer grado.

Jefe de grupo técnico B-3.

Técnico de laboratorio A de tercer grado.

Vendedor junior de primer grado.

Técnico de laboratorio B-1.

Electroinstrumentalista de primer grado.

197.770 1.144 198.914
Nivel número 18

Técnico administrativo A-3.

Programador junior A de primer grado.

Jefe de Grupo Técnico B-2.

Jefe de Grupo de Producción de segundo grado.

Jefe de grupo de Oficios Auxiliares A-3.

Márketing assistant A de tercer grado.

Técnico de Laboratorio A-3.

Vendedor senior de tercer grado.

206.142 1.193 207.335
Nivel número 19

Técnico administrativo A-2.

Jefe de grupo de Oficios Auxiliares A-2.

Jefe de Grupo Técnico B-1.

Jefe de Grupo de Producción de primer grado.

Márketing assistant A de segundo grado.

Programador senior de tercer grado.

Vendedor senior de segundo grado.

Técnico de Laboratorio A-2.

214.003 1.239 215.242
Nivel número 20

Jefe de Grupo de Oficios Auxiliares A-1.

Jefe de Grupo Técnico A-3.

Programador senior de segundo grado.

Márketing assistant A de primer grado.

Técnico administrativo A-1.

Vendedor senior de primer grado.

Técnico de Laboratorio A-1.

219.837 1.273 221.110
Nivel número 21

Jefe de Sección de Producción B-3.

Jefe de Grupo Técnico A-2.

Jefe de Sección de Oficios Auxiliares B-3.

Programadores senior de primer grado.

Gestor técnico administrativo de tercer grado.

Jefe de Sección de Laboratorio B-3.

225.769   225.769
Nivel número 22

Jefe de Grupo Técnico A-1.

Jefe de Sección de Oficios Auxiliares B-2.

Gestor técnico administrativo de segundo grado.

Programador analista junior de tercer grado.

Jefe de Sección de Laboratorio B-2.

Jefe de sección de producción B-2.

237.559   237.559
Nivel número 23

Gestor técnico administrativo de primer grado.

Jefe de Sección de Producción B-1.

Jefe de Sección de Oficios Auxiliares B-1.

Programador analista junior de segundo grado.

Jefe de sección de Laboratorio B-1.

245.946   245.946
Nivel número 24

Jefe de sección de Producción A-3.

Jefe de Sección de Oficios Auxiliares A-3.

Jefe de Sección Técnica B-3.

Product manager B de tercer grado.

Jefe de sección Administrativa B-3.

251.534   251.534
Nivel número 25

Jefe de Sección Administrativa B-2.

Jefe de Sección Técnico B-2.

Product manager B de segundo grado.

Programador analista senior de tercer grado.

Jefe de Sección de Laboratorio A-3.

258.522   258.522
Nivel número 26

Jefe de Sección de Producción A-2.

Jefe de Sección Técnica B-1.

Product manager B de primer grado.

Jefe de Sección de Oficios Auxiliares A-2.

Jefe de Sección Administrativa B-1.

265.506   265.506
Nivel número 27

Jefe de Sección Administrativa A-3.

Jefe de Sección de Producción A-1.

Jefe de Sección Técnica A-3.

Jefe de Sección de Oficios Auxiliares A-1.

Product manager A de primer grado.

Programador analista senior de segundo grado.

Jefe de Sección de Laboratorio A-1.

265.506   265.506
Nivel número 28

Jefe de Sección Técnica A-2.

Product manager A de segundo grado.

Jefes de Planta de tercer grado.

Delegado de Ventas de tercer grado.

Jefe de Sección Administrativa A-2.

279.482   279.482
Nivel número 29

Jefe de Sección Técnica A-1.

Jefe de Sección Administrativa A-1.

Programador analista de primer grado.

Product manager A de primer grado.

Jefes de Planta de segundo grado.

Jefes de Área de segundo grado.

Delegado de Ventas de segundo grado.

286.470   286.470
Nivel número 30

Jefes de Planta de primer grado.

Delegados de Venta de primer grado.

Analista Jefe.

293.455   293.455

Tablas de precios de horas extras y plus de nocturnidad del personal fijo

Niveles

Importes horas extras

Pesetas

Importes plus nocturnidad

Pesetas

1 640 110
2 678 116
3 934 160
4 1.038 178
5 1.094 188
6 1.172 201
7 1.198 205
8 1.242 213
9 1.287 221
10 1.325 227
11 1.374 236
12 1.453 249
13 1.507 258
14 1.548 265
15 1.589 272
16 1.673 287
17 1.748 293
18 1.813 311
19 1.885 323
20 1.936 332
21 1.998 343
22 2.102 360
23 2.177 373
24 2.226 382
25 2.288 392
26 2.350 403
27 2 412 413
28 2.473 424
29 2.535 435
30 2.597 445

El precio de la hora extraordinaria será el reflejado en esta tabla para cada nivel, más la antigüedad de cada trabajador.

Personal fijo discontinuo, indefinido a tiempo parcial y eventual

Categorías     Tabla salarial    

Salario base

Pesetas

Partes propor.

Pesetas

Compl. capac.

Pesetas

Total diario

Pesetas

Hora ordin.

Pesetas

Hora extraord.

Pesetas

Compl. noct.

Pesetas

Nivel número 100:

 Pinches.

2.349 1.307   3.656 554 940 103

Nivel número 101:

 Auxiliar de tercer grado.

2.849 1.585   4.434 672 1.090 109

Nivel número 102:

 Auxiliar de segundo grado.

2.849 1.585 1.222 5.656 858 1.114 109

Nivel número 103:

 Auxiliar de primer grado.

2.849 1.585 1.237 5.671 860 1.141 109

Nivel número 104:

 Auxiliar maquinista de tercer grado.

3.413 1.899 379 5.691 863 1.141 109

Nivel número 105:

 Auxiliar maquinista de segundo grado.

3.413 1.899 394 5.706 865 1.141 109

Nivel número 106:

 Auxiliar maquinista de primer grado.

3.413 1.899 414 5.726 868 1.141 109

Nivel número 107:

 Auxiliar de cuarto grado.

3.542 1.969 250 5.761 874 1.141 109

Nivel número 108:

 Auxiliar de tercer grado.

3.542 1.969 266 5.777 876 1.141 118

Nivel número 109:

 Auxiliar de segundo grado.

3.542 1.969 287 5.798 879 1.230 118

Nivel número 110:

 Auxiliar de primer grado.

3.542 1.969 377 5.888 893 1.230 118

Nivel número 111:

 Profesional de tercer grado.

3.791 2.111 33 5.935 900 1.230 120

Nivel número 112:

  Profesional de segundo grado.

3.791 2.110 67 5.968 905 1.230 120

Nivel número 113:

 Profesional de primer grado.

 Auxiliar de Laboratorio B-2.

 Ayudante Chófer autorizado de tercer grado.

3.791 2.111 269 6.171 936 1.230 178

Nivel número 114:

 Auxiliar de Laboratorio B-1.

 Ayudante Chófer autorizado de segundo grado.

 Oficial de tercera de tercer grado.

4.151 2.310 33 6.494 985 1.230 188

Nivel número 115:

 Auxiliar de Laboratorio A-3.

 Ayudante Chófer autorizado de primer grado.

 Oficial tercera de segundo grado.

4.151 2.311 498 6.960 1.056 1.230 201

Nivel número 116:

 Auxiliar de Laboratorio A-2.

 Oficial de segunda de Oficios Auxiliares de tercer grado.

 Oficial de tercera de primer grado.

4.151 2.310 654 7.115 1.079 1.230 205

Las partes proporcionales incluyen pagas extraordinarias, vacaciones, festivos y domingos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/03/1999
  • Fecha de publicación: 09/04/1999
Referencias anteriores
  • PRORROGA el Convenio publicado por Resolución de 26 de mayo de 1998 (Ref. BOE-A-1998-13907).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Producción alimentaria

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