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Documento BOE-A-2000-10025

Resolución de 10 de mayo de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial para 1999 del Convenio Colectivo General de la Industria Salinera.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 30 de mayo de 2000, páginas 19196 a 19196 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-10025
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2000/05/10/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial para 1999 del Convenio Colectivo general de la Industria Salinera (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 2 de mayo de 1997) (código convenio número 9910845), que fue suscrito con fecha 10 de marzo de 2000 por la Comisión Paritaria del Convenio, en la que están integradas la organización empresarial AFASAL y las sindicales FITECA-CC.OO. y FIA-UGT, firmantes de dicho Convenio en representación de las partes empresarial y trabajadora, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 10 de mayo de 2000.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Acta de la Comisión Paritaria del Acuerdo Sectorial Nacional de la Industria Salinera para 1999

Asistentes: Don Manuel Martínez Lázaro, FITECA-CC.OO. ; don José Luis Hidalgo García, FIA-UGT ; don Pedro Caballero Marañón, AFASAL, y don Emilio Corbacho Domínguez, AFASAL.

En Madrid y en la sede de la FIA-UGT, sita en avenida de América, 25, segunda planta, se reúnen, siendo las doce horas del día 10 de marzo de 2000, los señores relacionados al margen en su calidad de miembros de la Comisión Paritaria del Acuerdo Sectorial Nacional de la Industria Salinera para 1999, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 154, del día 29 de junio de 1999.

El objeto de la reunión es dar cumplimiento a la cláusula de garantía que se contiene en el artículo 5 del texto del acuerdo y que literalmente dice:

"En el supuesto de que el incremento anual del Índice de Precios al Consumo (IPC) al 31 de diciembre de 1999 supere el 1,9 por 100, se efectuará una revisión económica sobre el exceso de dicho tanto por ciento con efectos de 1 de enero de 1999.

Dicha revisión, en su caso, afectará a los conceptos económicos contenidos en el artículo 42 del Convenio Colectivo General de la Industria Salinera y sobre el Salario Mínimo Anual Garantizado (SMAG) del artículo 54 de dicho texto.

Esta cláusula se adaptará al período de vigencia de cada Convenio Colectivo provincial o, en su caso, de empresa."

En consecuencia a su contenido y visto que el IPC del año 1999, según el INE, ha sido del 2,9 por 100,

ACUERDAN

Efectuar la revisión prevista, incrementando en 1 por 100 las cuantías de los conceptos económicos del artículo 42 del Convenio Colectivo General de la Industria Salinera ("Boletín Oficial del Estado" número 105, de 2 de mayo de 1997), en cada uno de los Convenios colectivos de ámbito inferior y con efectos de 1 de enero de 1999.

Este incremento afectará en igual cuantía al Salario Mínimo Anual Garantizado del artículo 54 del citado Convenio General.

Será de aplicación, en su caso, la absorción y compensación prevista en el artículo 45 del Convenio General, en los términos y condiciones allí fijados.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/05/2000
  • Fecha de publicación: 30/05/2000
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 10 de abril de 1997 (Ref. BOE-A-1997-9543).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Salinas

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