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Documento BOE-A-2000-1060

Resolución de 11 de noviembre de 1999, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se crean ficheros automatizados de datos de carácter personal en este organismo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2000, páginas 2254 a 2256 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-2000-1060
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1999/11/11/(5)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (LORTAD), establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en diario oficial correspondiente.

En el ejercicio de las atribuciones conferidas por el apartado tercero, 1, función decimosexta, de la disposición adicional undécima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, sobre creación de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal gestionados por la Comisión Nacional de Energía, y asegurar a los administrados el ejercicio legítimo de sus derechos, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía, en su sesión del día 11 de noviembre de 1999, ha dispuesto:

Primero.

De conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, y a los efectos previstos en el mismo se crean, relacionan y describen en el anexo de la Resolución los ficheros automatizados a cargo de la Comisión Nacional de Energía en los que se contienen y procesan datos de carácter personal.

Segundo.

Los ficheros automatizados que se relacionan en el anexo se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Tercero.

Los titulares de los órganos responsables de cada fichero automatizado, adoptarán las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, y sus normas de desarrollo.

Cuarto.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de noviembre de 1999.‒El Presidente, Pedro María Meroño Vélez.

ANEXO

Fichero 1: Nómina

a) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de Energía. Marqués del Duero 4, 28001 Madrid. Teléfono: 91-432 96 00.

b) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Tiene por finalidad la gestión mecanizada de las situaciones e incidencias de la nómina del personal que presta sus servicios en la Comisión Nacional de Energía.

c) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas vinculadas a la Comisión Nacional de Energía por una relación de dependencia estatutaria o contractual.

d) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Los datos registrados son facilitados por los propios interesados mediante declaraciones y/o formularios al efecto.

e) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por una tabla en la que se recogen los siguientes datos: identificativos (número de registro de personal, de seguridad social, documento nacional de identidad‒número de identificación fiscal), datos personales (nombre y apellidos, titulación académica, teléfono particular, dirección, fecha de nacimiento, estado civil, número de hijos y grado de minusvalía), laborales (situación laboral, tipo de contrato, antigüedad, puesto, categoría y departamento) y económicos (retribuciones y retenciones, datos de domiciliación bancaria).

f) Cesiones que se prevén: Se prevé la cesión a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y entidades bancarias en aquellos supuestos en que los trabajadores hubieran dado su conformidad a un sistema de pago o retribución a través de dichas instituciones.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid. Teléfono: 91-432 96 00.

Fichero 2: Personal

a) Organo responsable de este fichero: Comisión Nacional de Energía, Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid. Teléfono: 91-432 96 00.

b) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Tiene por finalidad la gestión mecanizada de las situaciones, incidencias y formación del personal que presta sus servicios en la Comisión Nacional de Energía.

c) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas vinculadas a la Comisión Nacional de Energía por una relación de dependencia estatutaria o contractual.

d) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Los datos registrados son facilitados por los propios interesados mediante declaraciones y/o formularios al efecto.

e) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por una tabla en la que se recogen los siguientes datos: Identificativos (número de registro de personal, de seguridad social, documento nacional de identidad‒número de identificación fiscal), datos personales (nombre y apellidos, teléfono del trabajo y particular, dirección, fecha de nacimiento, estado civil, número de hijos), datos laborales (puesto, antigüedad, categoría, departamento) y datos de formación (cursos realizados).

f) Cesiones que se prevén: Se prevé la cesión a la Tesorería General de la Seguridad Social.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid. Teléfono: 91-432 96 00.

Fichero 3: Control de presencia

a) Organo responsable de este fichero: Comisión Nacional de Energía. Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid. Teléfono: 91-432 96 00.

b) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Tiene por finalidad la gestión mecanizada de las situaciones e incidencias del control de presencia del personal que presta sus servicios en la Comisión Nacional de Energía.

c) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas vinculadas a la Comisión Nacional de Energía por una relación de dependencia estatutaria o contractual.

d) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Los datos registrados son facilitados por los propios interesados mediante formularios al efecto y/o registro informatizado mediante tarjeta codificada.

e) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por una tabla en la que se recogen los siguientes datos: identificativos (número de registro de personal, documento nacional de identidad‒número de identificación fiscal), datos personales (nombre, apellidos y fecha de nacimiento) y laborales (puesto, horario e incidencias).

f) Cesiones que se prevén: No se prevé la cesión de estos datos a ningún otro organismo.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid. Teléfono: 91-432 96 00.

Fichero 4: Relaciones externas

a) Organo responsable de este fichero: Comisión Nacional de Energía, Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid. Teléfono 91-432 96 00.

b) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Tiene por finalidad la gestión de las invitaciones cursadas a los asistentes de las conferencias organizadas por la Comisión Nacional de Energía y el envío de publicaciones de la Comisión Nacional de Energía.

c) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas asistentes a las conferencias y los destinatarios de las publicaciones.

d) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Los datos reseñados en el apartado e) son facilitados por los interesados mediante declaración o formulario al efecto.

e) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por una tabla en la que se recogen los siguientes datos: Nombre y apellidos, empresa, cargo y dirección.

f) Cesiones que se prevén: No se prevé la cesión de estos datos a ningún otro organismo.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía, Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid. Teléfono 91-432 96 00.

Fichero 5: Proveedores

a) Organo responsable de este fichero: Comisión Nacional de Energía. Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid. Teléfono: 91-432 96 00.

b) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Tiene por finalidad la gestión de los proveedores de la Comisión Nacional de Energía.

c) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Proveedores de la Comisión Nacional de Energía.

d) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Los datos son facilitados por los interesados mediante declaración o formulario al efecto.

e) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por una tabla en la que se recogen los siguientes datos: Nombre y apellidos, dirección, datos bancarios, número de identificación fiscal y datos del servicio prestado.

f) Cesiones que se prevén: Se prevé la cesión a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y entidades bancarias.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid. Teléfono: 91-432 96 00.

Fichero 6: Registro de entrada y salida de documentos

a) Organo responsable de este fichero: Comisión Nacional de Energía. Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid. Teléfono: 91-432 96 00.

b) Finalidad del fichero y usos previstos por el mismo: Realizar una gestión de las operaciones de registro de documentos en entrada y salida que tienen lugar en el Registro de entrada y salida de la Comisión Nacional de Energía.

c) Personas a las que se solicitan datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas físicas o jurídicas que se dirigen a la Comisión Nacional de Energía o que reciben comunicaciones de este ente público.

d) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Se recogen de la información contenida en el documento.

e) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por una tabla en la que se recogen los siguientes datos: Nombre y apellidos, empresa u organismo al que pertenece o representa, datos relativos al documento.

f) Cesiones que se prevén: No se prevé la cesión de estos datos a ningún otro organismo.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía. Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid. Teléfono: 91-432 96 00.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/11/1999
  • Fecha de publicación: 18/01/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 19/01/2000
  • Fecha de derogación: 05/07/2007
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-1992-24189).
  • CITA Ley 34/1998, de 7 de octubre (Ref. BOE-A-1998-23284).
Materias
  • Comisión Nacional de Energía
  • Ficheros con datos personales

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