El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado complentamente por Resolución de 10 de diciembre de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 28) y parcialmente por Resolución de 27 de diciembre de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de enero de 2000), Resolución de 14 de febrero de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 24), Resolución de 25 de febrero de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de marzo), Resolución de 27 de marzo de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 31), Resolución de 23 de mayo de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio) y Resolución de 23 de junio de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de julio). Habiéndose producido desde esta última Resolución la publicación de diferente normativa comunitaria que supone la variación en cuanto a los códigos puntualizables, procede actualizarlos sustituyendo los códigos afectados, por lo que se acuerda lo siguiente:
Actualizar la nomenclatura y codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), reemplazándose los textos de las partidas afectadas por los incluidos como anexo A y aplicables desde el 10 de agosto de 2000.
Incluir como anexo B, los códigos TARIC que se suprimen a partir del 10 de agosto de 2000.
Actualizar la relación de códigos adicionales según los contenidos en el anexo C y aplicables a partir del 10 de agosto de 2000.
Incluir como anexo D, los códigos adicionales que se suprimen a partir del 10 de agosto de 2000.
La presente actualización será aplicable desde el 10 de agosto de 2000.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 7 de agosto de 2000.‒El Director del Departamento, Javier Goizueta Sánchez.
Agosto 2000
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