El Tribunal Constitucional, por providencia de 31 de octubre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5136/2000, planteada por el Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Comunidad Autónoma de Cataluña, con sede en Barcelona, en relación con el artículo 9.7 del Decreto 3313/1996, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Actividades y Beneficios Comerciales e Industriales, por presunta vulneración de los artículos 14, 31.1, 38 y 133.3 de la Constitución y respecto del ejercicio de la delegación legislativa contenida en el artículo 279 y en la disposición derogatoria undécima, apartado 1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, en virtud de la delegación legislativa establecida en la disposición final primera de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, por presunta vulneración del artículo 82.5 y 6 de la Constitución.
Madrid, 31 de octubre de 2000.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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