Advertidos errores en el texto de la Orden de 12 de diciembre de 2000, por la que se modifica la Orden de 20 de julio de 1995, por la que se establece el régimen y cuantía del complemento de destino del Cuerpo de Secretarios Judiciales, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 298, del 13, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 43524, apartado cuarto, el epígrafe 8.6 debe quedar redactado de la siguiente forma: «8.6 Por la peligrosidad que implica la realización de las funciones en la Secretaría de Gobierno y Salas de lo Penal de la Audiencia Nacional, Juzgado Central de lo Penal, Juzgados Centrales de Instrucción y Decanato de los Juzgados Centrales de Instrucción, se acreditarán a los Secretarios judiciales siete puntos mensuales».
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