El artículo 30 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, creó el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas en el que se han de incluir –en alguna de las categorias establecidas en el artículo 29– las especies, subespecies y poblaciones que requieran medidas de protección especial.
Posteriormente, el Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas estableció el procedimiento de catalogación, descatalogación y cambio de categoria de las especies, señalando que toda modificación del Catálogo deberá realizarse mediante Orden ministerial, previo informe de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza.
De acuerdo con lo anterior, las modificaciones del Catálogo Nacional que se contemplan en esta Orden fueron debatidas en el Comité de Flora y Fauna Silvestres y refrendadas por la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza que, en su reunión del día 19 de octubre de 1999, acordó proponerlas.
Mediante esta Orden se incluyen en el Catálogo Nacional siete especies y una subespecie endémicas de flora, que presentan una situación crítica debido a las amenazas que existen sobre sus hábitats y al reducido tamaño de sus poblaciones: Cuatro son autóctonas de las Islas Canarias, habiendo sido descubiertas recientemente la «Dracaena tamaranae» y la «Solanum vespertilio doramae». Asimismo, dentro de este grupo cambian de categoría cinco especies y dos subespecies, seis de ellas a categorías de menor protección, dado que su estado de conservación es menos preocupante y una, el Botó d’or, presente en la isla de Mallorca, a una categoría de mayor protección. Por último, dos especies se descatalogan: La «Centaurium rigualii», al haberse modificado su estado taxonómico y la «Reseda decursiva», especie que, equívocamente, se consideraba existente en España.
Asimismo, se incluyen en el Catálogo Nacional 22 insectos: Seis libélulas, que tienen como principal amenaza para su conservación la precaria situación de los hábitats ribereños donde viven, incorporándose tres de ellas –la «Ophiogomphus cecilia», la «Macromia splendens» y la «Lindenia tetraphylla»– en la categoría de «en peligro de extinción»; nueve escarabajos, con áreas de distribución reducidas o fragmentadas, tres de los cuales –«Chasmatopterus zonatus», «Carabus riffensis» y «Dorysthenes forficatus»– se encuentran en Ceuta, con poblaciones de tamaño reducido; cinco mariposas, con poblaciones muy reducidas y una gran presión sobre sus hábitats, de las cuales una de ellas, la Niña de Sierra Nevada, se cataloga en la máxima categoría de protección; un saltamontes «Baetica ustulata», exclusivo de Sierra Nevada que se incluye por su pequeño tamaño de población, y una mantis endémica «Apteromantis aptera».
En cuanto a los vertebrados, dentro de los mamíferos se catalogan 13 especies de cetáceos, entre los que se encuentran las grandes ballenas y el cachalote común. Además, se incluyen la marsopa común y el delfín mular, por la alta mortalidad que sufren en las artes de pesca, y el delfín común, que atendiendo a su diferente estado de conservación, se incluye en distintas categorías según se trate de las poblaciones mediterráneas o atlánticas.
Dentro de los reptiles se incluyen ocho especies con serias amenazas sobre sus poblaciones; de ellas, seis están presentes en Ceuta y dos –el lagarto moteado canario que se incluye en la máxima categoría y la lisa variable– son endémicas de Canarias. Por otra parte, dos especies canarias, el lagarto atlántico y el lagarto tizón, se descatalogan, ya que actualmente no se encuentran amenazadas; sin embargo, dos de sus respectivas subespecies, el lagarto atlántico del Malpaís de la Corona y el lagarto tizón de los Roques de Anaga, permanecen en el Catálogo al continuar en peligro, si bien se cambian a una categoría de protección superior a la que figuraban.
Por último, respecto de las aves, se incluye en el Catálogo Nacional la pardela balear, especie endémica de las Islas Baleares con poblaciones en regresión, y cambian de categoría, a una de mayor protección, el águila perdicera y el aguilucho cenizo, debido a la recesión en la que se encuentran sus poblaciones.
Por lo anterior, a propuesta de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza, en virtud de lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, dispongo:
Se incluyen en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas las especies, subespecies y poblaciones que figuran en el anexo I de esta Orden.
Cambian de categoría, dentro del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, las especies y subespecies que se incluyen en el anexo II.
Se excluyen del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas los taxones que figuran en el anexo III.
Madrid, 10 de marzo de 2000.
TOCINO BISCAROLASAGA
Ilmos. Sres. Secretario general de Medio Ambiente y Director general de Conservación de la Naturaleza.
Especies, subespecies y poblaciones catalogadas en la categoría «En peligro de extinción»
Nombre común | Nombre científico | Población |
---|---|---|
A) Flora: | ||
«Diplotaxis siettiana». | ||
Rejalgadera de Doramas. | «Solanum vespertilio doramae». | |
Drago de Gran Canaria. | «Dracaena tamaranae». | |
Cedro canario. | «Juniperus cedrus». | |
Palomera o Alamillo de Gran Canaria. | «Pericallis appendiculata». | Gran Canaria. |
B) Invertebrados: | ||
Libélula. | «Ophiogomphus cecilia». | |
Niña de Sierra Nevada. | «Polyommatus golgus». | |
Libélula. | «Macromia splendens». | |
Libélula. | «Lindenia tetraphylla». | |
C) Vertebrados: | ||
Pardela balear. | «Puffinus mauretanicus». | |
Lagarto moteado canario. | «Gallotia intermedia». |
Especies y subespecies catalogadas en la categoría «sensible a la alteración de su hábitat»
Nombre común | Nombre científico |
---|---|
B) Invertebrados: | |
«Osmoderma eremita». | |
«Cucujus cinnaberinus». | |
Escarabajo resorte. | «Limoniscus violaceus». |
Libélula. | «Oxigastra Curtisii». |
«Baetica ustulata». |
Especies y poblaciones catalogadas en la categoría «vulnerable»
Nombre común | Nombre científico | Población |
---|---|---|
A) Flora: | ||
«Linaria tursica». | ||
B) Invertebrados: | ||
«Buprestis splendens». | ||
Hormiguera oscura. | «Maculinea nausithous». | |
«Chasmatopterus zonatus». | ||
«Carabus riffensis». | ||
C) Vertebrados: | ||
Rorcual común o de aleta. | «Balaenoptera physalus». | |
Rorcual azul. | «Balaenoptera musculus». | |
Rorcual Norteño o boreal. | «Balaenoptera borealis». | |
Rorcual aliblanco. | «Balaenoptera acutorostrata». | |
Cachalote común. | «Physeter macrocephalus». | |
Delfín mular. | «Tursiops truncatus». | |
Delfín común. | «Delphinus delphis». | Mediterráneo. |
Marsopa común. | «Phocoena procoena». | |
Salamandra norteafricana. | «Salamandra algira». |
Especies, subespecies y poblaciones catalogadas en la categoría «de interés especial»
Nombre común | Nombre científico | Población |
---|---|---|
A) Flora: | ||
Jopillo. | «Lythrum flexuosum». | |
«Galium viridiflorum». | ||
B) Invertebrados: | ||
Ciervo volante. | «Lucanus cervus». | |
Rosalía. | «Rosalía alpina». | |
«Apteromantis aptera». | ||
Libélula. | «Gomphus graslinii». | |
Mariposa lindos ojos. | «Coenonympha oedippus». | |
«Eriogaster catax». | ||
Mariposa isabelina. | «Graellsia isabelae». | |
Caballito del diablo Señorita. | «Coenagrion mercuriale». | |
«Dorysthenes forficatus». | ||
C) Vertebrados: | ||
Cachalote pigmeo. | «Kogia breviceps». | |
Orca. | «Orcinus orca». | |
Calderón común. | «Globicephala melas». | |
Calderón gris. | «Grampus griseus». | |
Delfín común. | «Delphinus delphis». | Atlántico. |
Delfín listado. | «Stenella coerulealba». | |
Lisa variable o de Gran Canaria. | «Chalcides sexlineatus». | |
Eslizón rifeño. | «Chalcides colosii». | |
Eslizón tridáctilo del Atlas. | «Chalcides pseudostriatus». | |
Culebrilla ciega de Tánger. | «Blanus tingitanus». | |
Culebrilla mora. | «Trogonophis wiegmanni elegans». | |
Lagarto tangerino. | «Lacerta tangitanus». |
Especies y subespecies que cambian a la categoría «sensible a la alteración de su hábitat»
Nombre común | Nombre científico | Categoría anterior |
---|---|---|
A) Flora: | ||
«Daphne rodriguezii». | E | |
«Aquilea pyrenaica cazorlensis». | E | |
«Omphalodes littoralis gallaecica». | E | |
«Seseli intricatum». | E | |
C) Vertebrados: | ||
Lagarto atlántico del malpaís de la Corona. | «Gallotia atlantica laurae». | DIE |
Lagarto tizón de los Roques de Anaga. | «Gallotia galloti insulanagae». | DIE |
Especies que cambian a la categoría «vulnerable»
Nombre común | Nombre científico | Categoría anterior |
---|---|---|
A) Flora: | ||
Botó d’or. | «Ranunculus weyleri». | DIE |
Tabaco gordo. | «Atropa baetica». | E |
«Erodium rupicola». | E | |
C) Vertebrados: | ||
Águila perdicera. | «Hieraaetus fasciatus». | DIE |
Aguilucho cenizo. | «Circus pygargus». | DIE |
Nombre común | Nombre científico | Categoría anterior |
---|---|---|
A) Flora: | ||
«Centaurium rigualii». | E | |
«Reseda decursiva». | E | |
C) Vertebrados: | ||
Lagarto atlántico. | «Gallotia atlantica». | DIE |
Lagarto tizón. | «Gallotia galloti». | DIE |
Lisa común. | «Chalcides viridanus». | DIE |
Perenquén o Perinquén común. | «Tarentola delalandii». | DIE |
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