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Documento BOE-A-2001-11798

Orden de 1 de junio de 2001 por la que se inicia el procedimiento para efectuar propuestas de desarrollo de la red de transporte de gas natural.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 2001, páginas 21784 a 21785 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-11798
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2001/06/01/(5)

TEXTO ORIGINAL

Los artículos 4 y 5 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos encomienda al Gobierno con la participación de las Comunidades Autónomas la planificación en materia de hidrocarburos, que en el caso del sector de gas natural tendrá carácter obligatorio en lo referente a los gasoductos de la red básica y en los almacenamientos estratégicos.

Por otra parte, el artículo 64 de la citada Ley encomienda al Gestor Técnico del sistema de gas natural, proponer el desarrollo de la red básica y la ampliación de los almacenamientos.

Para realizar esta planificación es necesario la colaboración de los agentes implicados en la misma, así como, de las Comunidades Autónomas, que deberán comunicar sus mejores previsiones y propuestas.

En su virtud, resuelvo:

Primero. Objeto.

1.Mediante la presente publicación, se convoca a los sujetos del sistema gasista, Comunidades Autónomas y promotores de nuevos proyectos de generación eléctrica a partir de gas natural para la realización de propuestas de desarrollo de la red de transporte, así como la aportación de la información necesaria para dicho proceso de planificación. A partir del día de la fecha, se abre un periodo de tres meses en el cual se deberá comunicar dicha información y propuestas al Gestor Técnico del sistema de gas natural («Enagás, Sociedad Anónima») y al Ministerio de Economía (Dirección General de Política Energética y Minas), quienes podrán recabar información adicional a la presentada, si lo estima necesario.

2. La aportación de información que tendrá el carácter de complementaria a la ya disponible por el Gestor Técnico del sistema de gas natural tendrá los siguientes contenidos:

a) Las propuestas realizadas por las Comunidades Autónomas contendrán la información referente a los planes territoriales y urbanísticos, que lleven asociados una elevada variación de demanda, incluyendo la definición de pasillos y corredores gasistas, así como, cualquier información que a su juicio se estime relevante para el proceso de planificación.

b) Las propuestas realizadas por los sujetos del sistema gasista y promotores de nuevos proyectos de generación eléctrica con gas natural contendrán, para cada una de las actuaciones, información referente a los nuevos elementos de la red de transporte: Datos técnicos, año de puesta en servicio, esquema gráfico descriptivo y justificación de la actuación. Asimismo, se incluirán los posibles condicionantes de implantación y desarrollo que estén asociados a cada propuesta.

c) Adicionalmente y con objeto de establecer la coordinación necesaria entre planes de desarrollo de la red de transporte y las redes de distribución, las empresas distribuidoras remitirán al Gestor Técnico del sistema gasista y al Ministerio de Economía, las propuestas de desarrollo de las redes bajo su gestión, así como las eventuales necesidades de apoyo desde la red de transporte.

Con el mismo fin las empresas distribuidoras y los comercializadores enviarán las previsiones sobre evolución de la demanda de los mercados regulados y liberalizados en las distintas zonas.

El contenido esquemático de la información a enviar por los distintos agentes se recoge en el anexo y deberá corresponder al periodo 2001-2011.

Segundo. Eficacia.

La presente disposición producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de junio de 2001.–P. D. (Orden de 8 de noviembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» número 279, del 21), el Secretario de Estado de Economía, Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.

Ilma. Sra. Directora general de Política Energética y Minas.

ANEXO
Contenido esquemático de la información anual requerida en el período 2001-2011

Información necesaria a suministrar por las Comunidades Autónomas:

Propuestas nuevas zonas de gasificación prioritaria:

Justificación:

Demanda asociada a planes urbanísticos de elevada incidencia.

Requerimientos de ampliación de la red de transporte.

Localización.

Valores estimados que justifican una nueva actuación.

Reserva espacial orientada a nuevos corredores prevista en el Ordenamiento Territorial.

Información a suministrar por las Empresas Transportistas:

Red de Transporte existente.

Datos Técnicos y utilización de las principales instalaciones.

Propuestas de Desarrollo de la Red de Transporte, incluidas plantas de regasificación.

Datos técnicos y año de puesta en servicio estimado.

Esquemas descriptivos de las nuevas actuaciones.

Justificación por:

Nuevos mercados convencionales.

Agotamiento de la red existente para la alimentación a la demanda.

Nueva Demanda para generación de energía eléctrica.

Otros motivos.

Previsiones de aprovisionamiento para el mercado a tarifas, con indicación de puntos de entrada y salida en la red básica.

Previsiones de necesidades de almacenamiento desglosados en Gas Natural y Gas Natural Licuado.

Información a suministrar por los Distribuidores. Red de distribución Existente y Futura:

Datos Técnicos y Año de alta estimado.

Propuestas de Desarrollo de la Red de Transporte.

Datos técnicos y año de alta estimado.

Esquemas descriptivos de nuevas actuaciones.

Justificación por:

Agotamiento de la red existente para la alimentación a la demanda.

Nuevas zonas a gasificar.

Otros motivos.

Demanda prevista en cada conexión con la Red de Transporte y/o otra red de distribución:

Para suministro a tarifas.

Para el mercado liberalizado.

Información a suministrar por los Promotores de Nueva Generación eléctrica con gas natural.

Datos de la Nueva Generación:

Potencia a instalar.

Previsiones de consumo de gas natural:

Mwh año.

m3/día.

Fecha prevista de puesta en marcha:

Fecha de inicio de pruebas.

Necesidades de gas natural.

Fecha de explotación comercial.

Previsiones de aprovisionamiento con indicación de los puntos de entrada al sistema gasista.

Previsiones de almacenamiento desglosado en Gas Natural y Gas Natural Licuado.

Información a suministrar por los Comercializadores.

Previsiones de demanda a suministrar por las Comunidades Autónomas.

Previsiones de incorporación de gas al sistema por punto de entrada. Previsiones de compras y ventas a otros comercializadores.

Previsiones de almacenamiento requerido desglosado en Gas Natural y Gas Natural Licuado.

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 01/06/2001
  • Fecha de publicación: 19/06/2001
  • Efectos desde el 20 de junio de 2001.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 4, 5 y 64 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre (Ref. BOE-A-1998-23284).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Dirección General de Política Energética y Minas
  • Gas
  • Producción de energía

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