El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado completamente, por última vez por la Resolución de 10 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 28) y parcialmente por la Resolución de 28 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de enero de 2001), Resolución de 26 de enero de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de febrero), Resolución de 27 de febrero de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de marzo), y en último lugar, por Resolución de 25 de abril de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de mayo). Habiéndose producido desde esta última Resolución la publicación de diferente normativa comunitaria que supone la variación en cuanto a los códigos puntualizables, procede actualizarlos sustituyendo los códigos afectados, por lo que se acuerda lo siguiente:
Actualizar la nomenclatura y codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), reemplazándose los textos de las partidas afectadas por los incluidos como anexo A, y aplicables desde el 1 de julio de 2001.
Incluir como anexo B, los códigos TARIC que se suprimen a partir del 1 de julio de 2001.
Actualizar la relación de Códigos Adicionales según los contenidos en el anexo C y aplicables a partir de 1 de julio de 2001.
Incluir como anexo D los Códigos Adicionales que se suprimen a partir del 1 de julio de 2001.
La presente actualización será aplicable desde el 1 de julio de 2001.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 25 de junio de 2001.–El Director del Departamento, Francisco Javier Goizueta.
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