Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de Peluquerías, Institutos de Belleza, Gimnasios y Similares al III Acuerdo Nacional de Formación Continua (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 23 de febrero de 2001), así como la constitución de la Comisión Paritaria de Formación para dicho sector, que fue suscrito, con fecha 22 de 2001, de una parte, por la Federación Española de Empresarios de Peluquerías y Salones de Belleza y por la Asociación Nacional de Empresas de Peluquerías de Caballeros, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las centrales sindicales FES-UGT y CC.OO., en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3 en relación con el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 12 de julio de 2001.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE PELUQUERÍAS, INSTITUTOS DE BELLEZA, GIMNASIOS Y SIMILARES
Asistentes:
Por la Federación Española de Empresarios de Peluquería y Salones de Belleza:
Don Francisco Balado Insunza (Ponferrada-León).
Don José Luis González Rodríguez (Ponferrada-León).
Don José Manuel Hierro de La Cuerda (Madrid).
Por la Asociación Nacional de Empresas de Peluquería de Caballeros:
Don Tomás Ruiz Vázquez (Málaga).
Por FES-UGT:
Don José Luís Segura Ramal (Madrid).
Por la Federación Estatal de Actividades Diversas de CC.OO.:
Don Enrique Castillejos Martín (Valladolid).
Reunida en Madrid, a 22 de junio de 2001, la Comisión Mixta del Convenio Colectivo Estatal de Peluquerías, Institutos de Belleza, Gimnasios y Similares, representada por los miembros señalados más arriba han alcanzado los siguientes acuerdos por unanimidad:
Primero.-Adherirse al III Acuerdo Nacional de Formación Continua firmado el 19 de diciembre de 2000 y publicado por Resolución de 5 de febrero de 2001 de la Dirección General de Trabajo en el "Boletín Oficial del Estado" de 23 de febrero de 2001.
Segundo.-Constituir conforme a lo establecido en el III Acuerdo Nacional de Formación Continua la Comisión Paritaria Sectorial de Peluquerías, Institutos de Belleza, Gimnasios y Similares compuesta por dos organizaciones por la representación sindical y dos por la representación empresarial, con las funciones y facultades que dicho acuerdo les atribuye en su artículo 18.
Tercero.-Los presentes acuerdos entrarán en vigor el día siguiente al de su firma.
Cuarto.-Remitir los acuerdos de la presente acta a la autoridad laboral competente para su depósito, registro y publicación a los efectos legales oportunos.
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