El Tribunal Constitucional, por providencia de 25 de julio actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 4108/2001, promovido por Abogado del Estado, en nombre del Presidente del Gobierno, en relación con la disposición adicional séptima de la Ley de las Cortes de Aragón 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del precepto impugnado desde la fecha de interposición del recurso -17 de julio de 2001-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el "Boletín Oficial del Estado" para los terceros.
Madrid, 25 de julio de 2001.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
CRUZ VILLALÓN
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