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Documento BOE-A-2001-19991

Recurso de inconstitucionalidad número 5.061-2001, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra determinados artículos de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 11/2001, de 15 de junio, de Ordenación de la Actividad Comercial.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 26 de octubre de 2001, páginas 39248 a 39249 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2001-19991

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de octubre actual, ha admitido a trámite el recurso de

inconstitucionalidad número 5.061-2001, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra los artículos 4.2, 14.1, 18, 20, 21.1.b), 22.1, en su inciso final, que señala "dicha exclusión no afectará a las doce horas diarias máximas de apertura de los comercios citados en el punto 2 del artículo 18 de esta Ley", 27.a), 28, 35.2 y 54.1 de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 11/2001, de 15 de junio, de Ordenación de la Actividad Comercial.

Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso, 27 de septiembre de 2001, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el "Boletín Oficial del Estado" para los terceros.

Madrid, 16 de octubre de 2001.-El Presidente del Tribunal Constitucional,

CRUZ VILLALÓN

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 16/10/2001
  • Fecha de publicación: 26/10/2001
  • Suspende, desde el 26 de octubre de 2001, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 27 de septiembre de 2001, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA inconstitucionales y nulos los arts. 4.2, 18.2, 27.a), 28 y 35.2; que los arts. 14.1, 21.1.b) y 22, en su redacción inicial, vulneran el Orden constitucional de competencias y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 26/2012, de 1 de marzo (Ref. BOE-A-2012-4318).
  • SE DECLARA el levantamiento de la suspensión de vigencia de los arts. 4.2, 14.1, 18, 20, 21.1.b), 22.1, inciso final, y 54.1 y y el mantenimiento de la misma sobre los arts. 27.a), 28 y 35.2, por Auto de 12 de febrero de 2002 (Ref. BOE-A-2002-3596).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con los arts. 4.2, 14.1, 18, 20, 21.1.b), 22.1, 27.a), 28, 35.2 y 54.1 de la Ley 11/2001, de 15 de junio (Ref. BOE-A-2001-13277).
Materias
  • Baleares
  • Comercio
  • Establecimientos comerciales
  • Horario comercial
  • Recursos de inconstitucionalidad

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