El Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de octubre actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5.343/2001, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra los artículos 23.3, párrafo tercero ; 24.1; 40.2.c); 46.1; 50.2, y 72.1 y disposición final segunda de la Ley Foral del Parlamento de Navarra 17/2001, de 12 de julio, reguladora del Comercio en Navarra. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -16 de octubre de 2001para las partes del proceso y desde la publicación del correspondiente edicto en el "Boletín Oficial del Estado" para los terceros.
Madrid, 30 de octubre de 2001.-El Presidente del Tribunal Constitucional, CRUZ VILLALÓN
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