Mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de noviembre de 1999, se aprobó el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2000-2003), en cumplimiento de lo previsto por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica.
La Orden de 7 de marzo de 2000, por la que se regulan las bases el régimen de ayudas y la gestión del Programa de Fomento de la Investigación Técnica (PROFIT), incluido en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2000-2003), ha sido modificada en diversas ocasiones. La Orden de 13 de junio de 2000 y la Orden de 18 de octubre de 2000 estuvieron motivadas por la creación del Ministerio de Ciencia y Tecnología, mediante el artículo 5 del Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de reestructuración de los Departamentos ministeriales, y cuya estructura se determinó mediante el Real Decreto 696/2000, de 12 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
La Orden de 23 de marzo de 2001, tuvo por objeto la mejora de determinados aspectos a la vista de la puesta en práctica de la norma y de las modificaciones que había operado la Disposición adicional vigésimo novena de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en lo que se refiere al sistema de concurrencia competitiva en la gestión de las ayudas previstas por la Orden de 7 de marzo de 2000. Asimismo, se potencia dentro del Programa Nacional de Biotecnología, el apoyo a la investigación científica y al desarrollo tecnológico en los campos de la genómica y la proteómica.
Una versión consolidada de esta Orden de 7 de marzo de 2000, en la que se incluyen todas las modificaciones puede ser consultada a través de la red en la página www.mcyt.es
Mediante la presente Orden se pretende favorecer la ejecución de proyectos plurianuales mediante la previsión de la continuación de las ayudas hasta la finalización de su ejecución de proyectos plurianuales cuyo plazo de ejecución se extienda más allá del 2003, último año de vigencia del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
Asimismo, pretende que determinados aspectos de la Orden de 7 de marzo de 2000, se ajusten a la naturaleza flexible que caracteriza al Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e innovación Tecnológica (2000-2003). En concreto, se modifican los contenidos del Programa Nacional de Recursos Naturales y el Programa Nacional de Medio Ambiente, en lo referente a las técnicas de gestión medioambiental y su integración con otras técnicas de gestión de la empresa. Ello se debe a que los proyectos que se han venido presentando durante los años 2000 y 2001 tienen un bajo contenido en investigación y desarrollo tecnológico. Asimismo, se ha tenido en cuenta que este tipo de proyectos disfruta de incentivos fiscales específicos, tal como establece el apartado 4 del artículo 35 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Por otra parte, la constante evolución que experimentan las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, así como las nuevas demandas sociales respecto de las mismas, hace precisa una adecuación de las prioridades en los tipos de proyectos y actuaciones y en los objetivos del Programa Nacional de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, del Programa Nacional de Sociedad de la Información y del Programa Nacional de Transportes y de Ordenación del Territorio, en lo que se refiere a la Acción Estratégica sobre sistemas y servicios inteligentes de transporte, que adecua la Acción estratégica sobre gestión integrada del transporte. En su virtud, dispongo:
Modificaciones del articulado de la Orden de 7 de marzo de 2000, por la que se regulan las bases el régimen de ayudas y la gestión del Programa de Fomento de la Investigación Técnica (PROFIT), incluido en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2000-2003).
Se modifican los siguientes artículos y disposiciones de la Orden de 7 de marzo de 2000, por la que se regulan las bases el régimen de ayudas y la gestión del Programa de Fomento de la Investigación Técnica (PROFIT), incluido en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2000-2003), en la forma que se establece a continuación:
1. Se modifica el apartado 1 del artículo 74 de la Orden de 7 de marzo de 2000, en los siguientes términos:
«1. El pago quedará condicionado al cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado 7 del artículo 81 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y por las Órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 28 de abril de 1986 y de 25 de noviembre de 1987, en el plazo máximo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento de aportación de dichas certificaciones, en el caso de que dicha notificación se lleve a cabo. En el caso de que se exija la constitución de garantías a que se refiere el artículo anterior, se aplicará también el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento de aportación del resguardo de constitución de tales garantías en la Caja General de Depósitos.»
2. Se añade una disposición adicional octava a la Orden de 7 de marzo de 2000, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional octava. Apoyo a proyectos o actuaciones posteriores a 2003.
Los proyectos o actuaciones cuyo plazo de ejecución se extienda más allá del año 2003, último año de vigencia del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e innovación Tecnológica (2000-2003), podrán ser objeto de ayuda hasta la finalización de su ejecución, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 7 de la presente Orden, según establezcan las respectivas resoluciones de concesión de ayudas.»
Modificaciones de los anexos de la Orden de 7 de marzo de 2000, por la que se regulan las bases el régimen de ayudas y la gestión del Programa de Fomento de la Investigación Técnica (PROFIT), incluido en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2000-2003).
Se modifican los siguientes anexos de la Orden de 7 de marzo de 2000, por la que se regulan las bases el régimen de ayudas y la gestión del Programa de Fomento de la Investigación Técnica (PROFIT), incluido en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2000-2003), en la forma que se establece a continuación:
1. Se modifica el anexo I.I.5.1 («Programa Nacional de Recursos Naturales»), y se suprime el sexto guión, referente a las «técnicas de gestión medioambiental e integración con otras técnicas de gestión de la empresa».
2. Se modifica el anexo I.II.14.5.1 («Programa Nacional de Medio Ambiente»), y se suprime el punto 5.1 sobre «técnicas de gestión medioambiental e integración con otras técnicas de gestión de la empresa».
3. Se modifica el anexo III.5 («Programa Nacional de Recursos Naturales»), y se suprime el sexto guión de los «criterios específicos» («En las técnicas de gestión medioambiental, la adecuación a normas internacionales o a reglamentos comunitarios).
4. Se modifica el anexo III.14 («Programa Nacional de Medio Ambiente»), y se suprime el sexto guión de los «criterios específicos» («En las técnicas de gestión medioambiental, la adecuación a normas internacionales o a reglamentos comunitarios).
5. Se modifica el anexo I.I.7 («Programa Nacional de Tecnologías de la Información y de las Telecomunicaciones»), quedando sustituido por la siguiente redacción:
«7. Programa Nacional de Tecnologías de la Información y de las Telecomunicaciones.
7.1 Comunicaciones móviles.
Arquitectura de redes, sistemas reconfigurables y adaptativos.
Codificación de canal y técnicas avanzadas de modulación.
Técnicas avanzadas de codificación de la señal fuente para comunicaciones móviles.
Tecnologías para la planificación y gestión del espectro.
Tecnologías de acceso eficiente en el bucle radio local.
Sistemas universales multimedia de comunicaciones móviles.
Técnicas y algoritmos de tratamiento y adecuación de la señal.
Interconexión, gestión y control de redes heterogéneas.
Convergencia con INTERNET; IP sobre redes inalámbricas.
Tecnologías «software» para aplicaciones móviles.
Sistemas de alimentación de terminales móviles.
Sistemas radiantes.
Terminales inteligentes para telefonía, multimedia y comunicaciones por satélite.
Estándares técnicos para el desarrollo de nuevas redes.
Gestión inteligente de la potencia de transmisión en redes móviles.
Herramientas para la planificación de coberturas y simulación de escenarios.
Estudio de los efectos de los campos electromagnéticos sobre la salud.
7.2 Comunicaciones de banda ancha.
7.2.1 Redes fijas terrestres de banda ancha.
Arquitectura y dimensionado de redes de banda ancha.
Plataformas abiertas para la gestión de redes y servicios.
Transmisión, «networking» y conmutación de señales eléctricas y ópticas.
Técnicas avanzadas de codificación y compresión de señales.
Evolución de la red actual, interconectividad e interoperabilidad de redes heterogéneas.
Convergencia de redes de telecomunicación.
Nuevas generaciones del protocolo IP.
Protocolos, estándares e interfaces abiertas.
Estrategias de conversión transparente de la información entre los dominios óptico y electrónico.
Telecomunicaciones sobre las redes de distribución de energía eléctrica.
Herramientas de simulación de redes.
Terminales para redes de banda ancha.
Mecanismos para asegurar la calidad y el nivel de servicio.
Redes activas.
7.2.2 Redes radio de banda ancha.
Técnicas de procesado digital y modulación de alta eficiencia espectral.
Sistemas para TV y radio terrenal digital.
Sistemas para TV digital vía satélite y servicios multimedia interactivos.
Sistemas punto-multipunto en bandas milimétricas.
Herramientas para la planificación de coberturas.
Convergencia con INTERNET; IP sobre redes radio terrenales y vía satélite.
Software radio.
7.3 Acceso y gestión de la información.
Técnicas para la mejora del nivel de servicio en redes de comunicación.
Agentes inteligentes y filtrado de la información.
Interfaces de usuario.
Estándares técnicos para la mejora en el acceso y la gestión de la información.
Plataformas software (middleware).
Técnicas de selección de banda, tratamiento de la señal y reconocimiento.
Herramientas software específicas para aplicaciones sobre INTERNET e INTRANET. Herramientas avanzadas de navegación.
Tecnologías para trabajo cooperativo, flujo de trabajo y soporte a la toma de decisiones.
Tratamiento masivo de datos.
Técnicas avanzadas de codificación de la señal fuente.
Tecnologías del lenguaje y del habla.
Periféricos, terminales y sistemas de acceso, incluyendo los basados en tarjetas o etiquetas inteligentes.
7.4 Sistemas «software».
7.4.1 Desarrollo de «software».
Técnicas de ingeniería de software, de sistemas y de soporte de procesos.
«Software» de fuentes abiertas.
Herramientas para desarrollo de aplicaciones distribuidas y sistemas multiagente.
Herramientas avanzadas de análisis de datos.
Modelización y simulación.
Entornos virtuales.
Computación de altas prestaciones. Software para ordenadores paralelos.
Técnicas de diseño para la evolución y escalabilidad del «software».
Técnicas de diseño y producción del «software» para asegurar su calidad, fiabilidad, mantenimiento y pruebas.
Ingeniería lingüística.
«Software» para la creación y captura de datos multimedia.
«Software» para nuevos servicios Internet.
«Software» intermedio y empotrado
«Software» paquetizado.
7.4.2 Desarrollo e ingeniería de sistemas.
Ingeniería de software para sistemas de tiempo real.
Ingeniería para la gestión de redes y sistemas distribuidos (INTERNET/INTRANET).
Sistemas flexibles, basados en componentes «software» fácilmente actualizables y reutilizables.
Sistemas tolerantes a fallos.
Sistemas expertos y basados en conocimiento.
Sistemas de gestión de datos, documentos y flujo de trabajos.
Ingeniería de software para generación de productos multimedia.
7.5 Componentes electrónicos y subconjuntos funcionales.
7.5.1 Componentes y dispositivos.
Sensores y actuadores, incluyendo sensores biométricos, de visión y otros avanzados.
Pantallas de bajo coste, ricas en información y de alta resolución Dispositivos integrados.
Componentes ópticos, electrónicos y fotónicos para tratamiento de la información y comunicaciones.
Componentes activos y pasivos en todo el rango de frecuencias del espectro.
7.5.2 Circuitos y módulos.
Conversión de datos.
Circuitos de telecomunicación y comunicaciones de datos.
Circuitos integrados, LCDs, etc.
Bajo consumo de potencia y alta velocidad de operación.
Subsistemas «hardware» y «software» de aplicación específica (terminales, periféricos, etc.).
7.5.3 Sistemas.
Procesadores en un microcircuito.
Microsistemas.
Sistemas reutilizables.
Sistemas bioinspirados.
Integración de componentes.
7.5.4 Técnicas de soporte para diseño de componentes y dispositivos, circuitos, módulos y sistemas.
Procesos tecnológicos para nuevos dispositivos.
Estrategias, metodologías y herramientas de diseño y test.
Técnicas avanzadas de encapsulado y montaje.
7.5.5 Proyectos en cooperación con empresas usuarias de componentes y subconjuntos funcionales.
7.6 Otras prioridades de investigación técnica en las industrias de la información.
7.6.1 Actuaciones de carácter horizontal de apoyo a las empresas de la Sociedad de la Información.
Proyectos de capacitación de recursos humanos especializados en investigación científica y desarrollo tecnológico en tecnologías de la información y las comunicaciones.
Estudios y estadísticas sectoriales.
Acciones especiales de asesoramiento estratégico en tecnologías de la información y de las comunicaciones.
Acciones especiales de apoyo a la función de intermediación entre los agentes del sistema de Ciencia-Tecnología-Empresa.
Desarrollo tecnológico para la mejora de la utilización de las infraestructuras de información y comunicación.
7.6.2 Otros proyectos de tecnologías avanzadas en las empresas de la Sociedad de la Información tales como:
Defensa:
Sistemas de mando, control y comunicaciones.
Sistemas de armas y sus equipos electrónicos, informáticos y de comunicación.
Electromedicina: Instrumentos, plataformas tecnológicas y sistemas inteligentes.
Sistemas y equipos para domótica.
Electrónica de potencia.
Sistemas inteligentes integrados: tarjetas inteligentes, «transponders»...
Instrumentación electrónica.
Equipos didácticos y sistemas e-learning.
Diseño de microelectrónica.
7.7 Acción estratégica sobre seguridad y confianza en los sistemas de información y en las comunicaciones.
A) Objetivos de la Acción estratégica:
1. Aumentar la seguridad objetiva de los sistemas de información y de las comunicaciones que constituyen una de las infraestructuras claves de la sociedad actual.
2. Mejorar la seguridad percibida y aumentar el grado de confianza de empresas, ciudadanos y administraciones en las tecnologías de la información y de las comunicaciones para facilitar el desarrollo de la Sociedad de la Información.
3. Mejorar el grado de protección de activos humanos, de información y materiales frente a accidentes y agresiones.
Estos objetivos se aplicarán a las siguientes áreas temáticas:
B) Áreas temáticas:
1. Tecnologías para la identificación personal fácil y fiable.
1.1 Sistemas de reconocimiento biométrico: huellas dactilares, reconocimiento de rasgos y formas, patrones del habla, análisis del iris...
1.2 Certificados y firmas electrónicas.
1.3 Protocolos para garantizar la identidad y la autenticidad de las partes en redes de comunicaciones
1.4 Infraestructuras, procedimientos y protocolos de gestión de claves.
1.5 Tecnologías para el almacenamiento seguro de claves: tarjetas inteligentes, tokens seguros, módulos software, etc.
2. Tecnologías para la protección de la propiedad intelectual y de protección contra fraudes.
2.1 Criptografía y esteganografía.
2.2 Huellas digitales, marcado / etiquetado electrónico, marcas de agua.
2.3 Mecanismos de protección de software y otras creaciones digitales.
2.4 Mecanismos de protección contra fraudes en productos físicos: transpondedores para la identificación, códigos electroópticos, seguridad documental.
3. Tecnologías para la protección de la privacidad y de datos de carácter personal.
3.1 Mecanismos de anonimato, inobservabilidad e imposibilidad de vinculación sin comprometer la integridad, la disponibilidad ni la responsabilidad.
3.2 Sistemas de aislamiento / Interferencia / Inhibición electromagnética.
3.3 Cifrado y secrafonía.
3.4 Protocolos de comunicaciones para garantizar la confidencialidad.
3.5 Mecanismo de filtrado de contenidos para niños y detección de contenidos ilegales.
3.6 Sistemas y herramientas para facilitar la puesta en práctica y evaluar el cumplimiento de los requisitos de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.
4. Tecnologías para la protección y seguimiento de las transacciones:
4.1 Tecnologías de pago electrónico sobre redes de comunicaciones fijas o móviles.
4.2 Tecnologías para la trazabilidad de las transacciones físicas (alimentos, monedas, medicinas, armas, etc.) y de servicios.
4.3 Protocolos de comunicaciones para asegurar y trazar las transacciones electrónicas, impidiendo el repudio de las partes.
4.4 Herramientas de auditoría y trazado de accesos.
4.5 Tecnologías de terceras partes de confianza.
4.6 Tecnologías de sellado de tiempo.
5. Tecnologías para la protección de recintos:
5.1 Protección de sistemas de información: Sistemas de control de acceso a recursos, firewalls, trampas lógicas, detección de intrusiones, etc.
5.2 Protección de perímetros físicos: Salas, edificios, territorios, fronteras, espacios aéreos.
5.3 Protección de recintos virtuales: Redes privadas virtuales, extranets, teletrabajadores.
6. Tecnologías para incrementar la confianza en los sistemas de la información y las comunicaciones:
6.1 Mecanismos para asegurar la confianza en productos lógicos, mediante antivirus, análisis del código fuente, validación de su comportamiento en ejecución, etc.
6.2 Tecnologías para incrementar la seguridad en el almacenamiento de información: Centros de respaldo, tecnologías de almacenamiento seguras, etc.
6.3 Tecnologías para mejorar la disponibilidad de sistemas de información y comunicaciones en casos de emergencia.
6.4 Mecanismos de protección contra ataques de denegación de servicio.
6.5 Herramientas para formular los objetivos de protección de los sistemas y/o negociar mecanismos de seguridad bilaterales o multilaterales.
7. Tecnologías para la certificación y homologación de la seguridad:
7.1 Desarrollo de estándares y metodologías para la seguridad en los sistemas de información y en las comunicaciones.
7.2 Bancos y sistemas de verificación de estándares de seguridad físicas y lógicas.
7.3 Sistemas de agresión controlada para la evaluación de la seguridad.
7.4 Herramientas de auditoría de la seguridad y análisis de vulnerabilidad.
6. Se modifican los apartados 1, 2 y 3 del anexo I.I.15 («Programa Nacional de Sociedad de la Información»), quedando sustituidos por la siguiente redacción:
«15. Programa Nacional de Sociedad de la Información.
15.1) Negocio Electrónico. Servicios para la empresa.
15.1.1) Acción estratégica sobre el comercio electrónico.—El objetivo de esta acción estratégica es impulsar el desarrollo de aplicaciones y servicios que, utilizando las tecnologías de la información, supongan una mejora e integración en los procesos de negocio de las organizaciones, así como en sus métodos de organización y trabajo. Se consideran prioritarias actuaciones o proyectos que incorporen usuarios en desarrollos tales como:
Mejora de los procesos de negocio.
Sistemas de integración de la cadena cliente-proveedor.
Herramientas de integración con sistemas de pedidos, facturación y pagos, logística y distribución.
Sistemas para la gestión, planificación y ayuda a la toma de decisiones. Gestión integral. Gestión de recursos.
Sistemas de búsqueda y gestión de la información en línea. Sistemas de catalogación.
Nuevas herramientas de marketing y relaciones con los clientes.
Aplicaciones y herramientas para el comercio móvil y para la TV digital.
Calidad, confidencialidad y seguridad en el comercio electrónico.
Sistemas de protección de consumidores y de prevención del fraude.
Sistemas de protección de datos y derechos de autor. Autenticación.
Aplicaciones y sistemas de pagos y transacciones seguras.
Trabajo flexible, móvil y a distancia.
Herramientas y aplicaciones para nuevos métodos de trabajo. Soporte para el desarrollo, fabricación y mantenimiento de productos o servicios.
Herramientas y aplicaciones para trabajo en colaboración.
Demostradores y sistemas de ensayo para el comercio electrónico.
Aplicaciones soportadas sobre nuevos servicios y redes.
Evaluación y puesta en marcha de elementos de normalización en el sector.
15.1.2) Servicios para la empresa.—El objetivo de esta línea es promover el uso de aplicaciones avanzadas de las tecnologías de la información y de las comunicaciones entre las empresas. Se apoyarán propuestas innovadoras y que impliquen la participación de colectivos numerosos de empresas, en actuaciones tales como:
Sistemas de detección de los resultados de mejores prácticas de herramientas de gestión empresarial; gestión de recursos humanos; gestión de actividades formativas; gestión de datos y del conocimiento; así como de comercio electrónico y nuevos sistemas de trabajo.
Difusión y sensibilización entre las empresas de los resultados de mejores prácticas.
Demostración de soluciones de comercio electrónico, nuevas formas de trabajo y servicios electrónicos a empresas.
Promoción del uso de Internet y de las tecnologías de la información y de las comunicaciones en las empresas, especialmente pequeñas, medianas y microempresas de sectores tradicionales.
Apoyo a la consolidación de Viveros de nuevas empresas en el dominio de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y de los nuevos servicios de Internet.
Creación de info-redes de apoyo permanente a las pymes para realización de diagnósticos tecnológicos; planes de acción y asistencia técnica; asesoramiento y difusión de resultados, orientados a su incorporación a la Sociedad de la Información; prioritariamente a través de sistemas telemáticos.
15.2) Servicios para el ciudadano y las Administraciones Públicas.
15.2.1) Acción estratégica sobre servicios públicos avanzados.—El objetivo de esta acción estratégica es promover sistemas y servicios orientados a las servicios públicos para mejorar su eficacia. Se incentivarán preferentemente, proyectos y actuaciones que cuenten con la participación de usuarios a los que van dirigidos fijando especificaciones y validando los resultados obtenidos. Serán prioritarias las siguientes áreas:
Servicios interactivos para el ciudadano: Procesos de consulta en línea.
Servicios de información de las administraciones públicas.
Tramitación de procedimientos administrativos por medios telemáticos. Sistemas para mejorar la eficacia de las Administraciones.
Acceso telemático a las administraciones públicas; nuevos sistemas de acceso para el ciudadano.
Sistemas y aplicaciones mediante tarjeta inteligente para la prestación de servicios públicos.
Sistemas y herramientas telemáticas que faciliten la contratación administrativa, la elaboración de estadísticas y el intercambio de datos multimedia.
Plataformas digitales orientadas a la creación de comunidades virtuales que presten servicios en red.
15.2.2) Sistemas y servicios para el ciudadano.—El objetivo de esta línea de acción es promover el desarrollo de herramientas y actuaciones piloto y de demostración para la creación de servicios y sistemas que mejoren la calidad de vida y presenten una solución a los problemas de los ciudadanos y las organizaciones. Se consideran prioritarias las siguientes áreas:
Educación y formación.
Teleformación.
Sistemas educativos avanzados.
Personas con necesidades especiales.
Productos, sistemas y servicios diseñados para todos.
Interfaces universales, terminales multimodales, métodos de diseño participativos.
Sistemas asistenciales.
Sistemas y aplicaciones para mejorar la participación social, la integración y la autonomía en casa, trabajo, educación, transporte, ocio, etc.
Tecnologías para asistencia. Herramientas y sistemas de comunicación que faciliten la integración y la accesibilidad a la red y equipos de comunicaciones.
Adopción de las pautas de accesibilidad del Web Acces Initiative (WAI) en Internet.
Salud.
Sistemas clínicos informatizados que faciliten la prestación de servicios a profesionales y usuarios.
Telemedicina: Telediagnóstico, telemetría, telepresencia, telerrobótica.
Asistencia sanitaria: Teleasistencia, telecontrol, telemonitorización.
Sistemas integrados de gestión sanitaria.
Sistemas integrados de emergencias sanitarias.
Redes y sistemas para servicios de atención primaria y especialistas.
Bienestar social.
Sistemas y aplicaciones de domótica avanzadas.
Sistemas y aplicaciones para mejorar la eficiencia de los sistemas del hogar.
Sistemas para la gestión medioambiental.
Sistemas integrados de gestión de emergencias.
15.2.3) Acciones especiales.
Accesibilidad y alfabetización informática de las personas con discapacidad.
Observatorio de nuevas tecnologías para discapacidad y tercera edad.
15.3) Contenidos digitales.—El objetivo de esta acción es favorecer el desarrollo de herramientas y la producción, el uso y la distribución de contenidos digitales españoles de calidad, adaptados a las necesidades de los usuarios. Este objetivo está ligado al fortalecimiento del sector de las industrias de contenidos y al aprovechamiento de la creatividad y de la riqueza del patrimonio artístico y cultural.
15.3.1) Nuevos sistemas y herramientas.
Sistemas y herramientas para desarrollo de plataformas de gestión de contenidos digitales y para el comercio y autorización de derechos de autor.
Sistemas inteligentes para la gestión y tratamiento de contenidos.
Mecanismos para indexación, búsqueda, y reutilización de los contenidos.
Herramientas para la creación, experimentación y publicación de contenidos digitales, con interfaces amigables.
Sistemas de gestión turística; de integración de servicios turísticos, de ocio y cultura; sistemas multimedia de movilidad virtual.
Desarrollo de herramientas para simuladores, laboratorios y escenarios virtuales.
15.3.2) Contenidos digitales.
Proyectos piloto y de demostración para la creación de nuevos servicios y contenidos que utilicen la información del sector público. Proyectos piloto y de demostración y estándares para digitalización, almacenamiento y procesado del patrimonio histórico-artístico. Tratamiento de archivos y bibliotecas.
Proyectos piloto y de demostración para creación de bases de datos distribuidas, en sectores como el científico, jurídico, financiero, artístico, etc.
Proyectos piloto y de demostración para nuevas aplicaciones y contenidos, en los sectores de animación, entretenimiento, editorial, educación, audiovisual, discográfico y cinematográfico, etc.
15.3.3) Aplicaciones de las tecnologías de la lengua.
Herramientas y técnicas de tratamiento de lenguaje.
Recursos lingüísticos electrónicos.
Traducción, interpretación y enseñanza asistida por ordenador.
Interfaces naturales con los servicios digitales, en particular con funcionalidades de diálogo hombre-máquina por voz, texto o gestos.
15.3.4) Acciones especiales.
Planes estratégicos para la definición y consolidación del sector de los contenidos digitales.
Creación de redes de I+D para la cooperación entre empresas del sector de contenidos y de la lengua y centros de investigación.»
7. Se suprimen los guiones quinto y sexto del apartado 4 del anexo I.I.15 («Programa Nacional de Sociedad de la Información»).
8. Se modifica la redacción del apartado 2 del anexo I.I.16 («Programa Nacional de Transportes y Ordenación del Territorio»), quedando sustituido por la siguiente redacción:
«16.2 Acción Estratégica sobre Sistemas y Servicios Inteligentes de Transporte.
A. Objetivos:
Proyectos y actuaciones sobre Sistemas y Servicios Inteligentes de Transporte cuyo objeto sea:
1. La gestión más eficiente de las infraestructuras de transporte.
2. La gestión de la movilidad en los distintos modos de transporte y el equilibrio entre los mismos.
3. La seguridad activa de las personas y mercancías.
4. La adaptación a las normas o prenormas europeas emanadas del CEN (Centro Europeo de Normalización).
5. La interacción con los usuarios y especialmente sobre el comercio móvil (m-commerce).
Estos objetivos y líneas de actuación se aplicarán a las siguientes áreas temáticas:
B. Áreas temáticas:
1. Tecnologías facilitadoras del desarrollo y despliegue de Sistemas y Servicios Inteligentes de Transporte.
1.1 Diseño y desarrollo de arquitecturas hardware/software de sistemas, redes y protocolos: Normalización, integración e interoperabilidad
1.2 Desarrollo de herramientas de ingeniería software, middleware y otras plataformas software para el desarrollo de aplicaciones, servicios, contenidos y herramientas de acceso para sistemas y servicios inteligentes de transporte.
1.3 Diseño de componentes, subsistemas y dispositivos electrónicos de aplicación en Sistemas y Servicios Inteligentes de Transporte.
1.4 Tarjetas inteligentes para aplicaciones de Transporte.
2. Gestión de Infraestructuras y Operaciones de Tráfico (todos los modos de transporte)
2.1 Sistemas automatizados de planificación, simulación y control adaptativo.
2.2 Dispositivos para detección, control y seguimiento.
2.3 Sistemas automatizados de ayuda al cumplimiento de normas de circulación.
2.4 Sistemas para la interoperabilidad de centros de gestión y operación orientada a la integración en redes transeuropeas.
2.5 Sistemas automatizados de gestión de emergencias y puntos especialmente peligrosos.
2.6 Sistemas integradores de control de tráfico aéreo, control de torre y gestión automatizada de plataformas para la gestión del espacio aéreo único europeo.
3. Información avanzada a viajeros (todos los modos de transporte).
3.1 Sistemas y servicios de información personales sobre Internet y comunicaciones móviles. Sistemas y servicios interactivos de información personalizada origen/destino final de transporte público urbano.
3.2 Servicios interactivos de información personalizada origen/destino final de transporte público interurbano integrados con comercio electrónico: Información de alternativas, ayuda a la selección de itinerarios, reservas, pago electrónico, logística de entrega de billetes.
4. Sistemas embarcados en vehículos (todos los modos de transporte).
4.1 Dispositivos para comunicaciones móviles vehículo-infraestructura y/o centros de operación con tecnologías ATM, DSRC, DAB, DVB, IPv6, UMTS.
4.2 Arquitecturas hardware/software de comunicaciones interiores.
4.3 Dispositivos traspondedores para el sistema satelital Galileo.
4.4 Interfaces hombre-máquina.
4.5 Dispositivos electrónicos de ayuda y prevención de accidentes.
5. Medios de pago electrónico.
5.1 Sistemas de peaje electrónico sin detención.
5.2 Sistemas de pago electrónico de transportes multimodales.
5.3 Sistemas para gestión de aparcamientos inteligentes (incluyendo reserva electrónica de plazas para transeúntes en tiempo presente, ayuda automatizada de búsqueda de plaza...).
6. Transporte público de viajeros (todos los modos de transporte).
6.1 Sistemas para la gestión de centros de intercambio modal integrados e interoperables: Planificación, simulación y control adaptativo de ocupación de la plataforma en tiempo presente. Información avanzada a viajeros, tiempos de espera de los modos, tiempos estimados de llegada a destinos...
6.2 Gestión automatizada y adaptativa de la movilidad y la demanda.
7. Transporte de cargas (todos los modos de transporte).
7.1 Sistemas para la integración de gestión de flotas en redes nacionales y/o transeuropeas.
7.2 Sistemas para la gestión de centros de intercambio modal integrados e interoperables: Planificación simulación y control adaptativo de ocupación de la plataforma en tiempo presente.
7.3 Sistemas integrados de localización, control, seguimiento y transmisión de datos en tiempo presente de mercancías peligrosas.
8. Formación y entrenamiento.
8.1 Diseño de simuladores para entrenamiento de operadores de integración multimodal.
9. Otros.
9.1 Sistemas de ayuda a personas con necesidades especiales (mayores, discapacitados...)
9.2 Acciones especiales: Estudios sectoriales; Congresos y seminarios de promoción de acciones o difusión de resultados de I+D; Foros y mesas para orientación de las políticas públicas de I+D.»
9. Se modifica el anexo IV y queda en los términos que se recogen en el anexo de la presente Orden.
La presente Orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva estatal en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, establecida por el artículo 149.1.15.a de la Constitución.
La presente Orden entrará en vigor el 1 de enero de 2002.
Madrid, 8 de noviembre de 2001.
BIRULÉS I BERTRAN
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