El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado completamente, por última vez por la Resolución de 10 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 28) y parcialmente por la Resolución de 28 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de enero de 2001); Resolución de 26 de enero de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de febrero de 2001); Resolución de 27 de febrero de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de marzo); Resolución de 25 de abril de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de mayo); Resolución de 25 de junio de 2001 («Boletín Oficial del Estado» del 30), y en último lugar por Resolución de 25 de septiembre de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre). Habiéndose producido desde esta última Resolución la publicación de diferente normativa comunitaria que supone la variación en cuanto a los códigos puntualizables, procede actualizarlos sustituyendo los códigos afectados, por lo que se acuerda lo siguiente:
Actualizar la nomenclatura y codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), reemplazándose los textos de las partidas afectadas por los incluidos como anexo A, y aplicables desde el 1 de noviembre de 2001.
Incluir como anexo B, los códigos TARIC que se suprimen a partir de 1 de noviembre de 2001.
Actualizar la relación de códigos adicionales según los contenidos en el anexo C y aplicables a partir de 1 de noviembre de 2001.
Incluir como anexo D los códigos adicionales que se suprimen a partir de 1 de noviembre de 2001.
La presente actualización será aplicable desde el 1 de noviembre de 2001.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 29 de octubre de 2001.‒El Director del Departamento, Francisco Javier Goizueta Sánchez.
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