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Documento BOE-A-2001-6554

Resolución de 12 de marzo de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial para los años 2000 y 2001 del Convenio Colectivo de Ámbito Estatal para las Industrias del Arroz.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2001, páginas 12511 a 12512 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-6554
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/03/12/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial para los años 2000 y 2001 del Convenio Colectivo de Ámbito Estatal para las Industrias del Arroz (código de Convenio número 9900335), que fue suscrito con fecha 22 de febrero de 2001, de una parte, por las Asociaciones Empresariales PYMEV-UNIADE y ANFA, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las Organizaciones Sindicales CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 12 de marzo de 2001.-La Directora general, Soledad Córdoba Garrido.

Acta de revisión del Convenio Colectivo Estatal de la Industria del Arroz

Asistentes:

PYMEV-UNIADE:

Jesús Peiró.

Pascual Matoses.

ANFA:

Lorenzo Chacón.

CC.OO.:

Ramón Cantarero.

UGT:

Sebastián Serena.

En Madrid, en los locales de CC.OO. siendo las dieciséis horas del 22 de febrero de 2001, tiene lugar la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Industria de Elaboradores de Arroz, con la asistencia de las personas antes relacionadas, para proceder a efectuar la revisión económica para 2000 y la confección de las tablas salariales para 2001 de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Convenio vigente.

1. En tal sentido se procede a aplicar un 4,75 por 100 (4 + 0,75) sobre las tablas de 1999, dando como resultado las tablas de 2000 que se adjuntan y cuya vigencia será del 1 de enero de 2000 al 31 de diciembre de 2000 y sobre estas tablas resultantes se aplicará el incremento salarial para el año 2001, que es de un 2,75 por 100 (IPC previsto más 0,75 puntos).

2. Designar a don Ramón Cantarero Sotorres, con documento nacional de identidad número 50.933.752, para que realice las gestiones de registro y depósito del presente Convenio.

3. Se adjuntan tablas salariales definitivas correspondientes a 2000 y tablas salariales provisionales correspondientes a 2001 para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Y no habiendo más asuntos a tratar, se levanta la sesión siendo las diecisiete horas, firmando en prueba de conformidad un representante de cada organización.

Tabla salarial 2000 (definitiva)

(VER IMÁGENES PÁGINAS 12511 a 12512)

Valor euro: 166,386.

Salario Categorías Pesetas Euros

Salario mensual

Personal Técnico

Jefe de Sección .................................... 115.921 696,70 Oficial de primera ................................. 109.244 656,57 Oficial de segunda ................................ 105.810 635,93 Auxiliar Administrativo ......................... 100.662 604,99 Botones ............................................. 69.346 416,78

Salario Categorías Pesetas Euros

Salario diario

Personal de Producción

Molero y Oficial de primera ..................... 3.642 21,89 Encargado .......................................... 3.527 21,20 Conductor y Maquinista ......................... 3.435 20,64 Ayudante de Molero .............................. 3.397 20,42 Oficial Especialista ............................... 3.355 20,16 Oficial Especialista Carretillero ................ 3.397 20,42 Peón Especialista ................................. 3.330 20,01 Peón ................................................. 3.023 18,17

Salario mensual

Personal Subalterno

Portero .............................................. 98.684 593,10 Vigilante ............................................ 98.684 593,10 Vigilante Jurado ................................... 100.662 604,99 Ordenanza y Personal Limpieza ................ 94.295 566,72

Salario diario

Personal de Oficios Varios

Oficial de primera ................................. 3.642 21,89 Oficial de segunda ................................ 3.397 20,42 Oficial de tercera .................................. 3.355 20,16

Plus Convenio (por día trabajado) ............. 682 4,10 Plus Transporte (por día trabajado) ........... 280 1,68 Dietas:

Completa ........................................ 937 5,63 Media ............................................. 468 2,81

Plus cuarto turno (semanales) .................. 6.175 37,11

Jubilación voluntaria:

60 años ........................................... 458.022 2.752,77 61 años ........................................... 412.220 2.477,49 62 años ........................................... 366.419 2.202,22 63 años ........................................... 320.616 1.926,94 64 años ........................................... 274.822 1.651,71

Tabla salarial 2001 (provisional)

Valor euro: 166,386.

Salario Categorías Pesetas Euros

Salario mensual

Personal Técnico

Jefe de Sección .................................... 119.108 715,85 Oficial de primera ................................. 112.248 674,62 Oficial de segunda ................................ 108.720 653,42 Auxiliar Administrativo ......................... 103.430 621,63 Botones ............................................. 71.253 428,24

Salario diario

Personal de Producción

Molero y Oficial de primera ..................... 3.742 22,49 Encargado .......................................... 3.624 21,78 Conductor y Maquinista ......................... 3.529 21,21 Ayudante de Molero .............................. 3.490 20,98 Oficial Especialista ............................... 3.447 20,72 Oficial Especialista Carretillero ................ 3.490 20,98 Peón Especialista ................................. 3.422 20,57 Peón ................................................. 3.106 18,67 Salario Categorías Pesetas Euros

Salario mensual

Personal Subalterno

Portero .............................................. 101.398 609,41 Vigilante ............................................ 101.398 609,41 Vigilante Jurado ................................... 103.430 621,63 Ordenanza y Personal Limpieza ................ 96.888 582,31

Salario diario

Personal de Oficios Varios

Oficial de primera ................................. 3.742 22,49 Oficial de segunda ................................ 3.490 20,98 Oficial de tercera .................................. 3.447 20,72

Plus Convenio (por día trabajado) ............. 701 4,21 Plus Transporte (por día trabajado) ........... 287 1,72 Dietas:

Completa ........................................ 962 5,78 Media ............................................. 481 2,89

Plus cuarto turno (semanales) .................. 7.175 43,12

Jubilación voluntaria:

60 años ........................................... 470.371 2.826,99 61 años ........................................... 423.334 2.544,29 62 años ........................................... 376.297 2.261,59 63 años ........................................... 329.259 1.978,89 64 años ........................................... 282.231 1.696,24

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/03/2001
  • Fecha de publicación: 03/04/2001
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 27 de julio de 2000 (Ref. BOE-A-2000-15636).
Materias
  • Arroz
  • Convenios colectivos

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