Visto el contenido del Acta, de fecha 16 de marzo de 2001, de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo de Oficinas de Farmacia, en la que se recoge el Acuerdo de Adhesión a dicho sector al III Acuerdo Nacional de Formación Continua (ANFC) («Boletín Oficial del Estado» número 47, de 23 de febrero de 2001), Comisión que está formada, de una parte, por las organizaciones sindicales USO, CC.OO., UGT y CSI-CSIF, y de otra parte, por la organización empresarial FEFE, y conforme con lo dispuesto en el artículo 83.3, en relación con el 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este centro directivo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 5 de abril de 2001.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
Asistentes:
Don José Manuel García Jiménez (FSP-UGT).
Doña Sonia González González (FITEQA-CC.OO.).
Don Miguel Rodríguez Durán (FITEQA-CC.OO.).
Don Manuel Martínez Lázaro (FITEQA-CC.OO.).
Don Eugenio Giménez Palacín (ASG-USO).
Don Emilio Vahí Pérez (Badajoz) (CSI-CSIF).
Don Juan Manuel Fernández Fernández (CSI-CSIF).
Doña Isabel Vallejo Díaz (Pontevedra) (FEFE).
Don Juan Ramón Conde Bueso (FEFE).
Don Francisco Javier Marcos Fau (FEFE).
Don Rafael Cárdenes Suárez (FEFE).
Reunida en Madrid a 16 de marzo de 2001, la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo de Oficinas de Farmacia, compuesta por las organizaciones empresariales y sindicales representadas por los miembros señalados antes, han alcanzado los siguientes acuerdos por unanimidad:
Adherirse al III Acuerdo Nacional de Formación Continua, firmado el 19 de diciembre de 2000 y publicado en «Boletín Oficial del Estado», por Resolución de la Dirección General de Trabajo, el 23 de febrero de 2001.
Constituir, conforme a lo establecido en el III Acuerdo Nacional de Formación Continua, la Comisión Paritaria Sectorial de Oficinas de Farmacia, compuesta por cuatro organizaciones miembros por la representación sindical y una por la representación empresarial, con las funciones y facultades que dicho Acuerdo les atribuye en su artículo 18.
Aprobar el Reglamento de funcionamiento de esta Comisión Paritaria, anexo a esta Acta.
Los presentes acuerdos entrarán en vigor el día siguiente al de su firma.
Remitir los acuerdos de la presente Acta a la autoridad laboral competente para su depósito, registro y publicación a los efectos legales oportunos.
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