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Documento BOE-A-2001-9096

Real Decreto 507/2001, de 11 de mayo, por el que se modifica el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 12 de mayo de 2001, páginas 17175 a 17176 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2001-9096
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2001/05/11/507

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, incorporó al Derecho interno entre otras, la Directiva 92/32/CEE del Consejo, de 30 de abril, por la que se modifica por séptima vez la Directiva del Consejo 67/548/CEE, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de clasificación, embalaje y etiquetado de sustancias peligrosas, así como la Directiva 93/90/CEE de la Comisión, de 29 de octubre, que la desarrolla, en lo relativo a una lista de sustancias exentas del procedimiento de notificación de sustancias nuevas de la Directiva 92/32/CEE ya mencionada.

Recientemente se ha publicado la Directiva 2000/21/CE de la Comisión, de 25 de abril, que sustituye a la Directiva 93/90/CEE, que ha quedado derogada.

Procede, por tanto, incorporar a nuestro ordenamiento jurídico los preceptos contenidos en la Directiva 2000/21, que por afectar al articulado del Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, antes citado, se hace mediante la presente norma. Esta se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.a y 23.a de la Constitución y de acuerdo con el artículo 40, apartados 5 y 6, de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

En su virtud, a propuesta de las Ministras de Sanidad y Consumo y de Ciencia y Tecnología, oídos los sectores afectados, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de mayo de 2001,

DISPONGO:

Artículo único. Ampliación de la lista de exenciones de la notificación de sustancias nuevas.

Se modifican los párrafos e) y f) y se añade un nuevo párrafo g), en el apartado 1 del artículo 13 del Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, y modificado por el Real Decreto 700/1998, de 24 de abril.

1. Los párrafos e) y f) se sustituyen por el texto siguiente:

«e) los ingredientes activos utilizados exclusivamente para los productos fitosanitarios, incluso para fines de investigación y desarrollo,

f) las sustancias utilizadas exclusivamente como sustancias activas de biocidas, incluso para fines de investigación y desarrollo.»

2. El actual párrafo f) pasa a ser párrafo g) con el siguiente contenido:

«g) las sustancias utilizadas exclusivamente para otras categorías de productos para las que existan procedimientos de notificación o de homologación idénticos a los exigidos en el presente Reglamento.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 11 de mayo de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de la Presidencia,

JUAN JOSÉ LUCAS GIMÉNEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 11/05/2001
  • Fecha de publicación: 12/05/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 13/05/2001
  • Fecha de derogación: 05/11/2008
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1802/2008, de 3 de noviembre (Ref. BOE-A-2008-17630).
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 13.1 del Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo (Ref. BOE-A-1995-13535).
  • TRANSPONE la Directiva 2000/21/CE, de 25 de abril (Ref. DOUE-L-2000-80684).
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  • Productos químicos
  • Sustancias peligrosas

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