ENMIENDAS AL ANEXO DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REGULACIÓN DE LA PESCA DE LA BALLENA, 1946
En la 53.ª Reunión Anual de la Comisión Ballenera Internacional, celebrada en Londres (Reino Unido), del 23 al 27 de julio de 2001, se aprobaron las siguientes enmiendas del anexo (modificaciones en negrilla):
Párrafos 11 y 12 y cuadros 1, 2 y 3:
Sustitución de las fechas por: Temporada pelágica 2001/2002, temporada costera 2002, temporada 2002 ó 2002, según proceda.
Las presentes Enmiendas entraron en vigor el 21 de noviembre de 2001.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 6 de junio de 2002.-El Secretario general técnico, Julio Núñez Montesinos.
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