Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa «Decathlon España, Sociedad Anónima» (Código Convenio número 9011522), que fue suscrito con fecha 8 de marzo de 2002, por la Comisión Paritaria integrada por la representación de la Dirección de la empresa y por los Delegados de Personal, en representación de las partes empresarial y social, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de junio de 2002.—La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
Convocada en tiempo y forma, y, reunida la Comisión Paritaria de interpretación, vigilancia y mediación del Convenio Colectivo de la empresa «Decathlon España, Sociedad Anónima», compuesta por Marta Ruiz (en sustitución de Juan José Aparicio), Héctor Domingo y Daniel Pérez, como representantes de los trabajadores, y por Juan Manuel Delgado, Eduardo Quer y Philippe Mialaret, como representantes de la empresa, se acuerda:
1. Informar a la autoridad laboral de la entrada en vigor, con fecha 1 de enero de 2002, de las nuevas tablas salariales para el citado ejercicio (ver tabla).
Salario base 2002 — Pesetas |
Salario mensual 2002 — Pesetas |
Precio hora t.p. 2002 — Pesetas |
||
---|---|---|---|---|
2.002 ptas. | Grupo 1 | 4.035.804 | 336.317 | 2.070 |
Grupo 2 | 3.363.170 | 280.264 | 1.725 | |
Grupo 3 | 2.152.429 | 179.369 | 1.104 | |
Grupo 4 | 1.748.849 | 145.737 | 897 | |
Grupo 5 | 1.547.058 | 128.922 | 794 |
Salario base 2002 — Euros |
Salario mensual 2002 — Euros |
Precio hora t.p. 2002 — Euros |
||
---|---|---|---|---|
2.002 euros. | Grupo 1 | 24.255,67 | 2.021,31 | 12,44 |
Grupo 2 | 20.213,06 | 1.684,42 | 10,37 | |
Grupo 3 | 12.936,36 | 1.078,03 | 6.64 | |
Grupo 4 | 10.510,79 | 875,90 | 5,39 | |
Grupo 5 | 9.298,01 | 774,83 | 4,77 |
2. Remitir este acta a la autoridad laboral competente para su inscripción, registro y publicación.
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