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Documento BOE-A-2002-21465

Resolución de 21 de octubre de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores de la de 26 de julio de 2002, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Convenio Colectivo del grupo de empresas "La Estrella, Sociedad Anónima" de Seguros y Reaseguros, Banco Vitalicio de España, Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros, Grupo Generali España, A.I.E., "Gensegur Agencia de Seguros del Grupo Generali, Sociedad Anónima", "Generali España Holding de Entidades de Seguros, Sociedad Anónima", "Desarrollos Sanitarios Integrales, Sociedad Anónima" (DESAINSA), "Hermes, Sociedad Limitada de Servicios Inmobiliarios y Generales".

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 5 de noviembre de 2002, páginas 39045 a 39045 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-21465
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2002/10/21/(2)

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de Convenio Colectivo del grupo de empresas «La Estrella, Sociedad Anónima» de Seguros y Reaseguros, Banco Vitalicio de España, Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros, Grupo Generali España A.I.E., «Gensegur Agencia de Seguros del Grupo Generali, Sociedad Anónima», «Generali España Holding de Entidades de Seguros, Sociedad Anónima», «Desarrollos Sanitarios Integrales, Sociedad Anónima» (DESAINSA), «Hermes, Sociedad Limitada de Servicios Inmobiliarios y Generales», registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 26 de julio de 2002, en el «Boletín Oficial del Estado» número 202, de 23 de agosto,

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores:

En la página 31401, columna derecha, sustituir la tabla «Escala de aportaciones», por la siguiente:

Escala de aportaciones

Edad a 1 de enero de 1985

%

Aportación por edad

Años servicio desde 1 hasta los 55 años

%

aportación años servicio

Aportación desde 55 años hasta edad jubilación
16 1,0 39 17,86 18,86
17 1,0 38 16,78 17,78
18 1,0 37 15,75 16,75
19 1,0 36 14,78 15,78
20 1,0 35 13,86 14,86
21 1,0 34 12,99 13,99
22 1,0 33 12,17 13,17
23 1,0 32 11,39 12,39
24 1,0 31 10,66 11,66
25 1,0 30 9,96 10,96
26 1,0 29 9,30 10,30
27 1,0 28 8,67 9,67
28 1,0 27 8,08 9,08
29 1,0 26 7,67 8,67
30 1,0 25 7,66 8,66
31 1,1 24 7,55 8,65
32 1,2 23 7,44 8,64
33 1,3 22 7,33 8,63
34 1,4 21 7,22 8,62
35 1,5 20 7,11 8,61
36 1,6 19 6,98 8,58
37 1,7 18 6,80 8,50
38 1,8 17 6,59 8,39
39 1,9 16 6,34 8,24
40 2,0 15 6,06 8,06
41 2,1 14 5,76 7,86
42 2,2 13 5,43 7,63
43 2,3 12 5,09 7,39
44 2,4 11 4,72 7,12
45 2,5 10 4,34 6,84
46 2,6 9 3,94 6,54
47 2,7 8 3,53 6,23
48 2,8 7 3,11 5,91
49 2,9 6 2,68 5,58
50 3,0 5 2,25 5,25
51 3,1 4 1,80 4,90
52 3,2 3 1,36 4,56
53 3,3 2 0,91 4,21
54 3,4 1 0,45 3,85
55 3,5 3,50
56 3,6 3,60
57 3,7 3,70
58 3,8 3,80
59 3,9 3,90
60 4,0 4,00

En la página 31405, en la columna izquierda, donde dice: «Prestaciones complementarias de Seguro de Vida y Accidentes (Convenio Colectivo de empresa correspondiente a 2000)», ese apartado debe desaparecer por completo, incluido el texto que aparece en la columna derecha. Debiendo finalizar en ANEXO III-A en el «artículo 42, Jurisdicción».

Madrid, 21 de octubre de 2002.‒La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/10/2002
  • Fecha de publicación: 05/11/2002
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores de la Resolución de 26 de julio de 2002 (Ref. BOE-A-2002-16954).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Entidades aseguradoras
  • Seguros

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