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Documento BOE-A-2002-2152

Resolución de 21 de diciembre de 2001, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se delegan competencias en el Director general en materia de Convenios de colaboración para la presentación telemática de declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 2002, páginas 4235 a 4236 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2002-2152
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/12/21/(3)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 96 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria consagra de forma general en nuestro ordenamiento jurídico-tributario la colaboración de entidades, instituciones u organismos representativos de intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales, en la gestión tributaria a través de la celebración de los correspondientes convenios de colaboración. La letra f) del apartado 1 del artículo 96 precitado, añadida por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, especifica como una de las materias objeto de la colaboración social la presentación telemática de declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios.

Con el fin de potenciar el uso de las nuevas tecnologías en la gestión de los tributos, facilitando en definitiva al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, la Agencia Tributaria viene impulsando la firma de convenios de colaboración que permitan la presentación telemática de declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios en representación de terceros a las entidades incluidas en el ámbito de la colaboración social que los suscriban y, en su caso, a los profesionales colegiados o asociados a las mismas que presten habitualmente servicios de gestión en materia tributaria.

El apartado 2 del artículo 103. Tres de la Ley 31/1990 de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 -al que se remite la disposición adicional tercera de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras normas tributarias- atribuye al Presidente de la Agencia Tributaria la representación legal de la misma en toda clase de actos y contratos, sin perjuicio de la delegación de facultades que pueda acordar a favor del Director General y del resto del personal directivo de la Agencia.

Con el fin de agilizar la suscripción de estos convenios de colaboración con la Agencia Tributaria se estima oportuno delegar la competencia para la firma de los mismos en el Director General de la Agencia Tributaria.

En virtud de lo expuesto, dispongo:

Primero.-Se delega en el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria la representación legal de la misma para la firma de convenios de colaboración que permitan la presentación telemática de declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios en representación de terceros, con instituciones, entidades u organismos públicos o privados. La presente delegación no comprenderá los convenios que deban suscribirse con Comunidades Autónomas.

Segundo.-En los convenios que se firmen en virtud de la presente delegación se hará constar esta circunstancia.

Tercero.-La delegación de competencias contenida en la presente Resolución se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento el Presidente de la Agencia Tributaria pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos comprendidos en ella considere oportuno.

Cuarto.-La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 21 de diciembre de 2001.-El Presidente, Estanislao Rodríguez-Ponga y Salamanca.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/12/2001
  • Fecha de publicación: 01/02/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 02/02/2002
  • Fecha de derogación: 23/11/2022
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 18 de noviembre de 2022 (Ref. BOE-A-2022-19369).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 103.2 del art. 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1990-31180).
    • art. 96.1.f) de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-22706).
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Hacienda

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