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Documento BOE-A-2002-6925

Resolución de 21 de marzo de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa "3M España, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2002, páginas 13837 a 13838 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-6925
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2002/03/21/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa «3M España, Sociedad Anónima» (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de noviembre de 1999) (código Convenio número 9005152), que fue suscrito con fecha 24 de enero de 2002, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra, por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de marzo de 2002.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACUERDO TABLAS SALARIALES 2002

En Madrid, a las nueve treinta horas del día 24 de enero de 2002, se reune la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de «3M España, Sociedad Anónima», para la aplicación del acta final sobre revisión de tablas salariales de 31 de marzo de 2000, llegándose a los siguientes

ACUERDOS

1) Las tablas salariales para el año 2001, aprobadas el 22 de enero de 2001, se sustituyen por las que figuran en el anexo D adjunto. En ella se recoge la revisión automática de las tablas salariales conforme a la desviación real producida. Los atrasos que en cada caso puedan corresponder se abonarán junto a la media paga de marzo de 2002, como pago único y no consolidable.

2) Las nuevas tablas salariales de 2001 se incrementarán en un 2 por 100 (IPC previsto 2002) con efectividad de 1 de enero de 2002, formando las tablas salariales que se detallan en el anexo D adjunto. Estas tablas podrán revisarse de conformidad con el punto 3 del Acuerdo previo, interpretado en la forma aquí acordada.

3) Una vez establecido el F’C de ventas de la compañía para el año 2002, se fijará el Plan de incentivos acordado en el párrafo 5 del Acuerdo.

4) Las dietas de viaje se fijan en 48,80 euros para el año 2002.

ANEXO D
Tablas salariales 2002

Euros

 Grupo salarial Convenio  Salario entrada categoría Salario normal categoría Meses transcurridos
Salario base Complemento Convenio Sal. tabla Convenio Complemento Convenio Sal. tabla Convenio
1. General (15,5 pagas):            
  1. 442,20 662,85 1.105,05 777,00 1.219,20 3
  2. 474,60 713,92 1.188,52 834,07 1.308,67 3
  3. 509,66 769,00 1,278,66 895,75 1.405,41 3
  4. 548,42 826,89 1.375,31 963,81 1.512,23 3
  5. 589,55 889,27 1.478,82 1.036,06 1.625,61 6
  6. 633,11 955,81 1.588,92 1.112,74 1.745,85 6
  7. 681,58 1.024,18 1.705,76 1.197,85 1.879,43 6
  8. 732,30 1.103,36 1.835,66 1.287,09 2.019,39 6
  9. 786,74 1.186,00 1.972,74 1.382,72 2.169,46 9
  10. 846,07 1.273,37 2.119,44 1.487,07 2.333,14 9
  11. 909,02 1.370,85 2.279,87 1.597,61 2.506,63 9
  12. 978,03 1.474,99 2.453,02 1.718,88 2.696,91 9
  B-16. 392,35 270,71 663,06 339,15 731,50 3
  B-17. 392,35 491,70 884,05 583,02 975,37 3
2. Ventas (15,5 pagas más bono):            
  8 (bono fijo trimestral). 585,84 1.056,17

1.642,01

750,44

1.207,25

1.793,09

876,94

6
  9 (bono fijo trimestral). 694,32 1.061,10

1.755,42

842,15

1.220,27

1.914,59

987,63

9
  10 (bono fijo trimestral). 742,37 1.131,79

1.874,16

950,45

1.304,82

2.047,19

1.108,09

9
  11 (bono fijo trimestral). 793,31 1.210,72

2.004,03

1.068,91

1.394,27

2.187,58

1.236,33

9
  12 (bono fijo trimestral). 849,17 1.295,10

2.144,27

1.196,43

1.492,46

2.341,63

1.376,75

9
3. Fábrica (470 días):            
  Peón/E. limp. 14,74 22,75 37,49 25,97 40,71 3
  A-AL/Maqui. 16,26 24,45 40,71 28,64 44,90 3
  Aydte.-Esp. 17,75 27,15 44,90 31,27 49,02 3
  OF-3-OF/PROF-2/PROF-AL. 18,65 28,20 46,85 32,89 51,54 3
  OF-2-OF/ALM/PR-1. 19,62 29,59 49,21 34,58 54,20 3
  OF-1-OF. 20,56 30,98 51,54 36,12 56,68 3

 

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/03/2002
  • Fecha de publicación: 11/04/2002
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 22 de octubre de 1999 (Ref. BOE-A-1999-21888).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria química
  • Productos químicos
  • Tecnología

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