Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora del XI ConvenioColectivo de la ONCE y su Personal (publicado en el "Boletín Oficial delEstado" el 20 de agosto de 2001) (código de Convenio número 9003912),
que fue suscrito con fecha 12 de febrero de 2002, de una parte, por losdesignados por la Dirección de la empresa en representación de la misma,
y de otra, por las secciones sindicales UTO-UGT y CC.OO., en representaciónde los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de losTrabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registroy depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en elcorrespondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la ComisiónNegociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 21 de marzo de 2002.-La Directora general, Soledad CórdovaGarrido.
ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL UNDÉCIMOCONVENIO COLECTIVO DE LA ONCE Y SU PERSONALEn Madrid, a 12 de febrero de 2002, en los locales de la DirecciónGeneral de la ONCE, calle Prado, 24, se reúnen las representaciones dela entidad y de los trabajadores, constituidas en Comisión Negociadoradel Undécimo Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal, formalmenteconvocada a estos efectos, de conformidad con el artículo 88 del Estatutode los Trabajadores.
El Consejo General de la ONCE, en sesión celebrada el 11 de diciembrede 2001, adoptó el Acuerdo 6/2001 -2.4-, que regula la realización deun sorteo extraordinario con fecha 1 de mayo de 2002, facultando alDirector general para que dicte las correspondientes normas de desarrollo. Sehace preciso pactar la regulación de las condiciones laborales que rodeana este sorteo extraordinario, según el artículo 53.1 del Undécimo ConvenioColectivo.
Los debates sobre los puntos objeto de estas negociaciones quedanreflejados en la correspondiente acta.
La ONCE y los sindicatos UTO-UGT y CC.OO. adoptan el siguienteAcuerdo, con el mismo valor de lo pactado en Convenio Colectivo:
"Ejercicio y condiciones de la venta del cupón "Sorteo Extraordinariode 1 de mayo de 2002":
1. La venta del cupón para el Sorteo Extraordinario del día 1 demayo de 2002 se efectuará de forma anticipada por toda la plantilla activade agentes vendedores que realicen la venta durante parte o la totalidaddel intervalo de fechas comprendido desde el 23 de marzo hasta la fechadel sorteo, simultaneando su venta con la del resto de productos: Cupónordinario (lunes a jueves), de viernes, y fin de semana.
La entrega de cupones del Sorteo Extraordinario del 1 de mayo a losagentes vendedores se efectuará a partir del día 22 de marzo de 2002,
sin previo pago de los mismos.
2. La comisión a percibir por los agentes vendedores sobre las ventasdel cupón extraordinario de 1 de mayo queda establecida en el 12 por 100."Estas modificaciones entrarán en vigor y comenzarán a surtir efectos,
a partir de esta fecha.
Las partes firmantes encomiendan al Secretario de la ComisiónNegociadora que dé cumplimiento a lo previsto en el artículo 6 del RealDecreto 1040/1981, de 22 de mayo, remitiendo a la Dirección General de Trabajocuanta documentación se prevé en dicha norma, a los efectos de registroy de publicación de este Acuerdo.
Asimismo, las partes firmantes designan a don Rafael HerranzCastillo, a don Alberto Astarloa Gómez y a don Feliciano Monje Garijo paraque, de forma mancomunada, rubriquen los ejemplares auténticos de esteAcuerdo.
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