El Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de mayo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1894-2002, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra la Ley de la Asamblea de Extremadura 14/2001, de 29 de noviembre, del Impuesto sobre Depósitos de las Entidades de Crédito. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la Ley impugnada desde la fecha de interposición del recurso -27 de marzo de 2002- para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el "Boletín Oficial del Estado" para los terceros.
Madrid, 7 de mayo de 2002.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA
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