El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado completamente, por última vez por Resolución de 5 de Diciembre de 2002 (Boletín Oficial del Estado del 24 de Diciembre de 2002) y parcialmente por la Resolución de 17 de diciembre de 2002 (BOE de 17 de enero de 2003), Resolución de 22 de enero de 2003 (BOE de 7 de febrero de 2003), Resolución de 24 de febrero de 2003 (BOE de 6 de marzo de 2003), Resolución de 22 de abril de 2003 (BOE de 6 de mayo de 2003), Resolución de 12 de mayo de 2003 (BOE de 22 de mayo de 2003), Resolución de 24 de junio de 2003 (BOE de 4 de julio de 2003), Resolución de 8 de julio de 2003 (BOE de 18 de julio de 2003), Resolución de 27 de agosto de 2003 (BOE de 16 de septiembre de 2003), Resolución de 24 de septiembre de 2003 (BOE de 6 de octubre de 2003), y en último lugar por la Resolución de 8 de octubre de 2003 (BOE de 15 de octubre de 2003). Habiéndose producido desde esta última, la publicación de diferente normativa comunitaria que supone la variación sobre la actual codificación, se hace necesaria la adaptación de la estructura y codificación del TARIC, sustituyendo los códigos afectados.
Basándose en lo anterior, se acuerda lo siguiente:
Primero.–Actualizar la nomenclatura y codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), reemplazándose los textos de las partidas afectadas por los incluidos como anexo A, y aplicables desde el 1 de noviembre de 2003.
Segundo.–Incluir como anexo B, los códigos TARIC que se suprimen a partir del 1 de noviembre de 2003.
Tercero.–Actualizar la relación de Códigos Adicionales según los contenidos en el anexo C y aplicables a partir del 1 de noviembre de 2003.
Cuarto.–La presente actualización será aplicable desde el 1 de noviembre de 2003.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 22 de octubre de 2003.—El Director del Departamento, Nicolás Bonilla Penvela.
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