Advertidos errores en el texto del Convenio Colectivo Interprovincial del Comercio de Flores y Plantas, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 26 de junio de 2003 en el BOE n.º 179, de 28 de julio de 2003, Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.
En la página 29159, columna izquierda, Artículo 28 Uniformidad, en la penúltima línea, donde dice: "el trabajador percibirá mensualmente 2,30 Euros para...", debe decir: "el trabajador percibirá mensualmente 2,71 Euros para...".
En la página 29163, en la tabla ANTIGÜEDAD 2003, en la primera columna, donde dice: "0 ... 6", debe decir: "2 ... 6".
Ha de eliminarse la penúltima columna referente al período 38 ... 42.
Madrid, 10 de noviembre de 2003.-La Directora General, Soledad Córdova Garrido.
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