Visto el texto del Acta de fecha 4 de marzo de 2003 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial del Convenio Colectivo Nacional de Colegios Mayores Universitarios Privados (Cód. Convenio n.o 9909355), que ha sido suscrita de una parte por las Asociaciones empresariales CECE, E y G y ACADE en representación de las empresas del sector y de otra por las Organizaciones sindicales USO, CC.OO., FETE-UGT y FSIE en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 20 de marzo de 2003.‒La Directora General, Soledad Córdova Garrido.
Asistentes:
CECE
D. José Luis Antolín.
E y G
D. Jorge Oroz Funes.
D. Iván Hodar.
ACADE
Dña. Eva Martín.
USO
D. José Luis Fernández Santillana.
D. José Carlos Garcés.
CC.OO.
Dña. Paula Muñoz.
Dña. Pilar Moreno.
FETE-UGT
Dña. M.ª José Alonso.
Dña. Nieves Cenzual.
FSIE
Dña. Milagros de Andrés.
En Madrid siendo las 10,30 horas del día 4 de marzo de 2003 se reúnen las personas reseñadas al margen en representación de sus respectivas organizaciones con el fin de proceder a la Revisión Salarial del IV Convenio de Colegios Mayores Universitarios para el año 2003.
Las organizaciones presentes acuerdan constituir la Mesa negociadora y que la presidencia y la secretaría sean asumidas por E y G y USO, respectivamente.
En aplicación de lo establecido en el artículo 45 del convenio, todas las organizaciones acuerdan, por unanimidad, un incremento del 3,7 % en salario y 1 % en antigüedad.
Se procede a la firma de las tablas salariales que se adjuntan a este acta como Anexo I y se encomienda al secretario para que las haga llegar a la Dirección General de Trabajo para su registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Confeccionadas para 14 pagas
Categorías | Salarios | Trienios |
---|---|---|
Grupo I. Personal docente | ||
Director. | 2.019,3 € | 56,96 € |
Subdirector. | 1.783,7 € | 56,96 € |
Jefe de estudios o tutor. | 1.605,67 € | 52,34 € |
Educador, capellán, médico, psicólogo. | 1.357,87 € | 35,79 € |
Grupo II. Personal administrativo | ||
Jefe de Administración o secretaria. | 1.060,72 € | 30,89 € |
Intendente. | 906,05 € | 27,52 € |
Jefe de Negociado. | 895,47 € | 26,46 € |
Oficial. | 854,31 € | 26,15 € |
Auxiliar Administrativo. | 747,75 € | 26,15 € |
En formación. | 466,42 € | |
Grupo III. Personal de servicios generales | ||
Conserje y gobernante/a. | 895,31 € | 26,15 € |
Jefe de cocina y oficial 1.ª | 854,31 € | 26,15 € |
Cocinero. | 814,30 € | 26,15 € |
Celador, portero, ordenanza, telefonista, oficial 2.ª y ayudante de cocina. | 781,02 € | 26,15 € |
Guarda, sereno, empleado mantenimiento jardinería, servicio de comedor y limpieza, costura, lavado y plancha, personal no cualificado. | 747,75 € | 26,15 € |
Pinche. En formación. | 466,42 € |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid