El artículo 6.1 del Real Decreto 1259/1999, de 16 de julio, por el que se regulan las cartas de servicios, su definición, estructura y contenido, así como su elaboración, dispone que tales cartas serán aprobadas por Resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo a cuyos servicios se refieran aquéllas, previo informe favorable de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
En su virtud, previo informe favorable de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, he resuelto:
Primero.-Aprobar las Cartas de Servicios correspondientes a las Jefaturas Provinciales de Tráfico de Asturias y Ávila, cuyo contenido puede encontrarse en la dirección de Internet www.dgt.es.
Segunda.-Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 24 de junio de 2004.-La Subsecretaria, Soledad López Fernández.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid