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Documento BOE-A-2004-19614

Resolución de 5 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acta de la Comisión Paritaria del VII Convenio Colectivo para el personal laboral del Consejo General del Poder Judicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 18 de noviembre de 2004, páginas 38159 a 38160 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-19614
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/11/05/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 14 de octubre de 2004 de la Comisión Paritaria del VII Convenio Colectivo para el personal laboral del Consejo General del Poder Judicial (BOE 5-7-2004), (Código de Convenio n.º 9011842), en la que se recogen acuerdos referentes a la tabla salarial 2004 del Anexo II del Convenio, Comisión de la que forman parte los designados por la Dirección de la Empresa y Delegados de Personal en representación de la empresa y de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 5 de noviembre de 2004.–El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA DE LA REUNIÓN CONSTITUTIVA DE LA COMISIÓN PARITARIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 4 DEL VII CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

En Madrid, siendo las 10 horas del día 14 de octubre de 2004, se reúne la Comisión Paritaria de vigilancia, estudio o interpretación, prevista en el Artículo 4 del VII Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Consejo General del Poder Judicial aprobado por Acuerdo del Pleno de 25 de marzo de 2004, al objeto de su constitución, tras el Acuerdo de la Secretaría General de fecha 5 de octubre de 2004.

La Comisión Paritaria del VII Convenio Colectivo queda integrada por los siguientes miembros:

En representación del Consejo General del Poder Judicial:

Don Joaquín Delgado Martín, Jefe del Servicio Central de la Secretaría General que la presidirá en representación del Secretario General de conformidad con lo señalado en el artículo 4.º

Don José María Márquez Jurado, Gerente del Consejo.

En representación del Personal Laboral:

Don Jaime Vizoso Villar, en su condición de Delegado del Personal Laboral.

Don Agustín Zurita Pinilla, quien actúa de Secretario de la Comisión de conformidad con lo señalado en el artículo 4.º

Una vez constituida la Comisión Paritaria, se somete a estudio la modificación retributiva aplicada a todo el personal funcionario (de carrera, eventual e interino) al servicio del Consejo, como efecto de la entrada en vigor del Real Decreto 1714/2004, publicado en el BOE de 12 de agosto de 2004, por el que se fija para el año 2004 el régimen retributivo de los funcionarios de los Cuerpos de la Administración de Justicia, y del Acuerdo del Pleno de 21 de julio de 2004 que aprueba la Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario al servicio del Consejo, modificando la cuantía de los complementos específicos de los puestos de nivel superior y medio no afectados, directa o indirectamente, por el Real Decreto anteriormente citado.

La referida modificación retributiva, en función del puesto de trabajo desempeñado, ha supuesto para todo el personal funcionario al servicio del Consejo los incrementos salariales siguientes: Para los puestos de nivel superior en un 5% de las retribuciones brutas que tenían anteriormente asignadas, para los de nivel medio una subida lineal de 3.000 euros y para el resto de los puestos de trabajo un incremento lineal de 2.996,76 euros.

Para poder extender la mejora anteriormente mencionada al personal laboral y poder equiparar así, como viene siendo norma en el Consejo, las retribuciones por el desempeño de puestos de trabajo similares sin distinción sobre el régimen jurídico aplicable, la Comisión Paritaria acuerda, por unanimidad, la modificación del contenido de la tabla salarial 2004 del Anexo II del VII Convenio Colectivo para el personal Laboral del Consejo General del Poder Judicial incrementando las cuantías establecidas en la misma, en las que hacen referencia a la valoración del Plus de Convenio por puesto de trabajo, en función del nivel de la categoría profesional en las siguientes cantidades o porcentajes:

Niveles de Categoría Incremento Año 2004 Cuantías del Plus Convenio
1 5% del total de las retribuciones del puesto. Garantizando 3.000 euros.
2 3.000 euros.
3, 5, 6 y 7 2.996.73 euros.

La Comisión Paritaria, aprueba igualmente dar traslado de este Acuerdo al Secretario General para que lo eleve para su aprobación, si procede, al Pleno del Consejo General del Poder Judicial.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981 de 22 de mayo sobre registro y depósito de Convenios Colectivos acuerda remitir a la Subdirección General de Relaciones Laborales de la Dirección General de Trabajo la modificación del Anexo II del VII Convenio Colectivo una vez aprobada, en su caso, por el Pleno del Consejo.

Sin más asuntos que tratar, el Presidente levantó la sesión siendo las once horas del día de la fecha.

Madrid 14 de octubre de 2004.–V.º B.º el Presidente.–El Secretario.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 05/11/2004
  • Fecha de publicación: 18/11/2004
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 16 de junio de 2004 (Ref. BOE-A-2004-12674).
Materias
  • Consejo General del Poder Judicial
  • Convenios colectivos

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