En el recurso contencioso-administrativo n.º 424/2000, interpuesto por el Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 4 de diciembre de 2003, que contiene el siguiente fallo:
FALLAMOS
Primero.-Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 424 de 2000 interpuesto por el Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Espa ñola contra el Real Decreto número 2062/1999, de 30 de diciembre, por el que se regula el nivel mínimo de formación en profesiones marítimas.
Segundo.-Anulamos, por su disconformidad con el artículo 39 del Tratado CE, el inciso final del artículo 8.3 de dicho Real Decreto 2062/1999 ("cuando se acredite por el interesado la existencia del derecho de reciprocidad del Estado de su nacionalidad respecto a ciudadanos españoles").
Tercero.-Desestimamos el resto de las pretensiones actoras.
Cuarto.-No hacemos imposición de costas.
Quinto.-Ordenamos la publicación de este fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Sexto.-Remítase testimonio de esta sentencia al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
Presidente: Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartret.
Magistrados: Excmo. Sr. D. Óscar González González ; Excmo. Sr. D. Manuel Campos Sánchez-Bordona ; Excmo.
Sr. D. Francisco Trujillo Mamely ; Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado.
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