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Documento BOE-A-2004-3446

Cuestión de inconstitucionalidad número 1677-1999, en relación con el artículo 1.2 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor y apartados 1 y 7 de su anexo, en la redacción dada por la disposición adicional octava de la Ley 39/1995, de 8 de noviembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2004, páginas 8854 a 8854 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2004-3446

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por auto de 10 de febrero actual, ha acordado declarar extinguida la cuestión de inconstitucionalidad número 1677/99, por carencia de objeto, planteada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, en relación con el art. 1.2 de la Ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos de motor y apartados 1 y 7 de su Anexo, según la redacción de la disposición adicional octava de la Ley 39/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, por presunta vulneración de los arts. 14, 15, 24.1 y 117.3 de la Constitución, y que, en su día, fue admitida a trámite.

Madrid, 10 de febrero de 2004.-El Presidente del Tribunal Constitucional,

JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 10/02/2004
  • Fecha de publicación: 25/02/2004
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • en la Cuestión 1677/1999, la extinción en relación con el art. 1.2 y lo indicado del anexo de la Ley de responsabilidad civl y seguro en la circulación de vehículos a motor, texto refundido aprobado por Decreto 632/1968, de 21 de marzo, en la redacción dada por la Ley 30/1995, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1999-11694), (Ref. BOE-A-1968-454) y (Ref. BOE-A-1995-24262).
Materias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Entidades aseguradoras
  • Seguro de responsabilidad civil
  • Seguros de vehículos de motor

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