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Documento BOE-A-2004-7457

Resolución de 1 de abril de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales para el año 2004 del Convenio Laboral Estatal de Residencias Privadas de Personas Mayores y del Servicio de Ayuda a Domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 23 de abril de 2004, páginas 16442 a 16443 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-7457
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/04/01/(4)

TEXTO ORIGINAL

 

Visto el texto de las tablas salariales para el año 2004 del Convenio Laboral Estatal de Residencias Privadas de Personas Mayores y del Servicio de Ayuda a Domicilio (código de Convenio n.º 9910825), que fue suscrito con fecha 2 de febrero de 2004, de una parte por las asociaciones empresariales LARES, FNRPTE y ACRA, en representación de las empresas del sector, y de otra por la Central Sindical CC.OO., en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de abril de 2004.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ANEXO I
Tablas salariales

Retribuciones 2004

Tabla estatal

Grupo Categoría profesional

Salario base

× 14

Antigüedad

× 14

Asistencia

× 12

A-1 Administrador. 1.263,03 18,03 42,10
Gerente. 1.263,03 18,03 42,10
A-2 Director. 1.263,03 18,03 42,10
Médico. 1.052,53 18,03 42,10
Titulado superior. 1.052,53 18,03 42,10
B Supervisor. 842,01 18,03 42,10
ATS/DUE. 842,01 18,03 42,10
Trabajador/a Social. 842,01 18,03 42,10
Fisioterapeuta. 842,01 18,03 42,10
Terapeuta Ocupacional. 842,01 18,03 42,10
Titulado medio. 842,01 18,03 42,10
C Gobernante. 677,82 18,03 42,10
TASOC. 677,82 18,03 42,10
Oficial Mantenimiento. 677,82 18,03 42,10
Oficial Administrativo. 677,82 18,03 42,10
Conductor. 677,82 18,03 42,10
Gerocultor. 677,82 18,03 42,10
Cocinero. 677,82 18,03 42,10
D Jardinero. 665,19 18,03 42,10
Auxiliar Mantenimiento. 665,19 18,03 42,10
Auxiliar Administrativo. 665,19 18,03 42,10
Portero-Recepcionista. 665,19 18,03 42,10
E Limpiador/a planchador/a. 610,47 18,03 42,10
Pinche Cocina. 610,47 18,03 42,10
Ayudante Oficios Varios. 610,47 18,03 42,10
Personal no cualificado. 610,47 18,03 42,10

Servicios de Ayuda a Domicilio

Responsable Coordinación. 1.416,66 18,03 36,47
Coordinador. 882,08 18,03 165,02
Ayudante Coordinación. 718,74 18,03 116,76
Jefe Administración. 979,95 18,03 116,76
Oficial Administrativo. 833,43 18,03 116,76
Auxiliar Administrativo. 606,37 18,03 116,76
Auxiliar Ayuda Domicilio. 606,37 18,03 116,76

Tabla Cataluña

Grupo Categoría profesional

Salario base

× 14

Antigüedad

× 14

Asistencia

× 12

A-1 Administrador. 1.305,13 18,03
Gerente. 1.305,13 18,03
A-2 Director. 1.305,13 18,03
Médico. 1.111,78 18,03
Titulado superior. 1.111,78 18,03
B Supervisor. 972,80 18,03
ATS/DUE. 972,80 18,03
Trabajador/a Social. 903,32 18,03
Fisioterapeuta. 903,32 18,03
Terapeuta Ocupacional. 903,32 18,03
Titulado medio. 884,12 18,03
C Gobernante. 746,97 18,03
TASOC. 731,68 18,03
Oficial Mantenimiento. 731,68 18,03
Oficial Administrativo. 731,68 18,03
Conductor. 719,93 18,03
Gerocultor. 719,93 18,03
Cocinero. 719,93 18,03
D Jardinero. 707,30 18,03
Auxiliar Mantenimiento. 707,30 18,03
Auxiliar Administrativo. 707,30 18,03
Portero-Recepcionista. 707,30 18,03
E Limpiador/a planchador/a. 652,58 18,03
Pinche Cocina. 652,58 18,03
Ayudante Oficios Varios. 652,58 18,03
Personal no cualificado. 652,58 18,03

Servicios de Ayuda a Domicilio

Responsable Coordinación. 1.416,66 18,03 36,47
Coordinador. 882,08 18,03 165,02
Ayudante Coordinación. 718,74 18,03 116,76
Jefe Administración. 979,95 18,03 116,76
Oficial Administrativo. 833,43 18,03 116,76
Auxiliar Administrativo. 606,37 18,03 116,76
Auxiliar Ayuda Domicilio. 606,37 18,03 116,76

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/04/2004
  • Fecha de publicación: 23/04/2004
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 7 de julio de 2003 (Ref. BOE-A-2003-15333).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Establecimientos residenciales para la Tercera Edad

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