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Documento BOE-A-2004-8459

Resolución de 30 de marzo de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo General de la Industria Textil y de la Confección.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2004, páginas 17854 a 17862 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-8459
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/03/30/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo General de la Industria Textil y de la Confección (publicado en el BOE de 14-8-03), (Código de Convenio n.o 9904975), que fue suscrito con fecha 19 de febrero de 2004, de una parte, por el Consejo Intertextil Español, la Asociación Nacional de Empresarios Desmotadores de Algodón y Asociación Nacional de Cooperativas Algodoneras, la Asociación Patronal Nacional de Empresarios de la Industria Textil de Poliolefinas y Fibras Duras (APOYFIDE), y la Unión Nacional de Fabricantes de Alfombras y Moquetas en representación de las empresas del sector y, de otra, por las centrales sindicales FITEQA-CC.OO. y FIA-UGT en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 30 de marzo de 2004.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE TRABAJO DE LA INDUSTRIA TEXTIL Y DE LA CONFECCIÓN
Revisión 2003

En Barcelona a 19 de febrero de 2004, siendo las diez treinta horas, en los locales de AITPA, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo General de Trabajo de la Industria Textil y de la Confección, constituida el 5 de febrero de 2003, e integrada por:

En representación de las empresas del sector:

Las asociaciones empresariales que constituyen el Consejo Intertextil Español:

Asociación Nacional de Fibras de Recuperación, Sres. Manuel Penadés y José Elias.

Asociación Industrial Textil del Proceso Algodonero, Sr. Albert Núñez. Agrupación Española del Género de Punto y Grupo Nacional de Fabricantes de Medias, Sr. Enrique Savory.

Federación Nacional de la Industria Textil Lanera, Sr. Jordi Font. Federación Nacional de Acabadores, Estampadores y Tintoreros Textiles, Sr. Albert Núñez.

Federación Textil Sedera, Sr. Enrique Savory.

Federación Española de Empresarios de la Confección, Sr. Mario Andrada.

La Asociación Nacional de Empresarios Desmotadores de Algodón y Asociación Nacional de Cooperativas Algodoneras, Srta. Elena Sáenz.

La Asociación Patronal Nacional de Empresarios de la Industria Textil de Poliolefinas y Fibras Duras (APOYFIDE), Sr. Albert Núñez.

Unión Nacional de Fabricantes de Alfombras y Moquetas, Sr. Julio Pedro Viejo.

Y las centrales sindicales FITEQA-CC.OO. y FIA-UGT, en representación de los trabajadores del sector:

Por FITEQA-CC.OO., Sra. Carmen Expósito, Sr. Javier Rubio Rubio y Sr. Blas Matilla López.

Por FIA-UGT, Sr. Juan Martín, Sra. Pepi García Herrero, Sra. Mercedes Caro Ramón, Sr. Inocente Herrero, Sra. Paula Albes.

Abierta la sesión, la Comisión negociadora aborda el único punto del orden del día, que lo constituye la firma de la revisión de tablas salariales del 2003, alcanzándose los siguientes acuerdos:

1. En aplicación del artículo 62, punto 2, del Convenio Colectivo, se procede a la revisión salarial de las tablas de los diferentes anexos, regularizándose con el 0,6 % resultante de la diferencia entre el IPC previsto por el Gobierno para el año 2003 (2 %) y el IPC real a 31 de diciembre de 2003 (2,6 %). Se adjuntan a la presente acta las tablas salariales revisadas correspondientes a los 10 anexos.

2. Todas las empresas afectadas por el presente Convenio deberán hacer efectivas las diferencias salariales correspondientes a las cantidades que deberán abonarse, con efectos 1 de enero de 2003, antes de 30 de abril de 2004. El pago posterior a dicha fecha devengará el interés legal del dinero hasta los veinte días posteriores a la publicación del Convenio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurridos dichos veinte días, se abonará el 10 % de recargo por mora, conforme a la legislación vigente.

3. La presente Acta y los documentos que la acompañan, formando parte de la misma, se presentarán ante la Dirección General de Trabajo.

Y no habiendo más temas que tratar, se levanta la sesión a las doce horas en la ciudad y fecha que figuran en el encabezamiento.

ANEXO I
Fibras de recuperación

Categorías unificadas. Tabla salarial 2003 (revisadas IPC)

Tabla B

Categoría Coef.

Sal. Día

Euros

(1) Inct.

Euros

Grupo profesional: Producción      
Auxiliar Prod. 1,20 20,65 4,69
Espec. Prepa. 1,25 20,85 4,73
Espec. Hilat. 1,25 20,85 4,73
Espec. Tejed. 1,25 20,85 4,73
Espec. Conf. y Acabado 1,25 20,85 4,73
Espec. 1.a Prep. e Hilatura 1,35 21,24 4,80
Of. Prep. e Hilatura 1,45 21,63 4,88
Of. Tej. y Acab. 1,60 22,22 5,00
Of. Perch. y Acab. 1,50 21,83 4,92
Of. Flokado 1,45 21,63 4,88
Ayte. Técnico 1,50 21,83 4,92
Encargado 2,20 25,16 5,57
Tint./colorista/Jefe Lab. 2,25 25,47 5,62
Jefe Producción 2,45 26,72 5,88
Director Técnico 3,20 31,41 6,77
Tituld. Superior 3,20 31,41 6,77
Grupo profesional: Mantenimiento y Servicios Generales      
Auxiliar 1,20 20,65 4,69
Vigilante/portero 1,25 20,85 4,73
Of. 2.a Serv. Grles. 1,60 22,22 5,00
Conductor 1.a 1,80 23,00 5,16
Of. 1.a Serv. Grles. 1,90 23,39 5,23
Encarg. Manten. 2,20 25,16 5,57
Grupo profesional: Almacén      
Aux. Almacén 1,20 20,65 4,69
Esp. Almacén 1,30 21,04 4,77
Oficial Almacén 1,60 22,22 5,00
Encarg. Almacén 2,20 25,16 5,57
Grupo profesional: Administración e Informática      
Aux. Adminis. 1,20 20,65 4,69
Of. 2.a Adminis. 1,55 22,02 4,96
Op. Informática 1,55 22,02 4,96
Of. Adminis. 1a 2,05 24,21 5,37
Program. Inform. 2,05 24,21 5,37
Jefe Sec. Adminis. 2,35 26,08 5,74
Prog. Anal. Inform. 2,35 26,08 5,74
Resp. Formación 2,35 26,08 5,74
Jefe Informática 2,80 28,91 6,29
Jefe Personal 1.a 2,80 28,91 6,29
Direc. Financiero 3,20 31,41 6,77
Direc. Rec. Human. 3,20 31,41 6,77
Titulado Superior 3,20 31,41 6,77
Grupo profesional: Comercial      
Oficial Ventas 1,60 22,22 5,00
Técnico Vtas. 1,80 23,00 5,16
Jefe sec./Deleg. o Zona 2,25 25,47 5,62
Modelo 2,25 25,47 5,62
Jefe de Vtas. 2,70 28,28 6,17
Técnico Comercial 3,20 31,41 6,77
Director Comercial 3,20 31,41 6,77

1) No computable para el cálculo de antigüedad, beneficios, pagas extras y demás complementos salariales.

Fibras de recuperación

Tabla salarial 2003 (revisadas IPC)

Coeficiente Salario base

Incentivo (1)

(1.er y 2.º párrafo art. 9)

1,00 20,46 4,65
1,10 20,46 4,65
1,15 20,46 4,65
1,20 20,65 4,69
1,25 20,85 4,73
1,30 21,04 4,77
1,35 21,24 4,80
1,40 21,43 4,85
1,45 21,63 4,88
1,50 21,83 4,92
1,55 22,02 4,96
1,60 22,22 5,00
1,65 22,41 5,03
1,70 22,60 5,07
1,75 22,80 5,10
1,80 23,00 5,16
1,85 23,20 5,19
1,90 23,39 5,23
1,95 23,59 5,26
2,00 23,90 5,34
2,05 24,21 5,37
2,10 24,52 5,44
2,15 24,84 5,51
2,20 25,16 5,57
2,25 25,47 5,62
2,30 25,79 5,69
2,35 26,08 5,74
2,40 26,40 5,80
2,45 26,72 5,88
2,50 27,03 5,93
2,55 27,34 5,99
2,60 27,66 6,04
2,65 27,97 6,11
2,70 28,28 6,17
2,75 28,59 6,23
2,80 28,91 6,29
2,85 29,22 6,36
2,90 29,53 6,41
2,95 29,86 6,47
3,00 30,16 6,54
3,05 30,47 6,60
3,10 30,79 6,66
3,15 31,11 6,71
3,20 31,41 6,77
ANEXO II
Tablas salariales 2003 revisadas
Coeficiente Revisión 2003
1,00 20,30
1,05 20,36
1,10 20,67
1,15 20,97
1,20 21,29
1,25 21,56
1,30 21,80
1,35 22,09
1,40 22,36
1,45 22,69
1,50 23,03
1,55 23,37
1,60 23,70
1,65 24,01
1,70 24,42
1,75 24,97
1,80 25,46
1,85 26,03
1,90 26,55
1,95 27,06
2,00 27,66
2,05 28,16
2,10 28,72
2,15 29,23
2,20 29,72
2,25 30,29
2,30 30,81
2,35 31,37
2,40 31,90
2,45 32,42
2,50 32,97
2,55 33,52
2,60 34,05
2,65 34,56
2,70 35,10
2,75 35,59
2,80 36,18
2,85 36,68
2,90 37,22
2,95 37,81
3,00 38,28
3,05 40,44
3,50 43,30

Tabla de salarios de referencia nuevo nomenclátor

Grupo profesional Revisión 2003
A 20,30
B 21,80
C 24,42
D 27,66
E 31,37
F 33,52
G 43,30

SMI revisado para 2003: 20,30 €/día y 617,30 €/mes.

ANEXO III
Sector algodón. Año 2003

Tabla B

Referentes previstos para cada categoría profesional (disposición transitoria segunda.2). Revisada con el I.P.C. del año 2003. U. M.: Euros

Categoría Referente previsto
Diario Mensual
Área de Producción    
 Grupo A:    
Auxiliar 20,30 617,30
 Grupo B:    
Especialista de Hilatura 20,39 620,35
Especialista de Tejeduría 20,39 620,35
Especialista de Acabados 20,39 620,35
 Grupo C:    
Oficial de Hilatura 21,32 648,40
Oficial de Tejeduría 21,32 648,40
Tejedor 22,82 694,13
Oficial Encolador 23,90 726,86
Oficial de Acabados 22,82 694,13
 Grupo D:    
Técnico Especialista de Estampados 27,14 825,64
Contramaestre 29,30 891,51
 Grupo E:    
Encargado de Sección 30,39 924,43
Técnico Tintorero 30,39 924,43
 Grupo F:    
Jefe de Fabricación (Mayordomo) 35,81 1.089,07
 Grupo G:    
Director Técnico 41,22 1.253,70
Área de Administración e Informática    
 Grupo B:    
Especialista de Administración 20,86 634,37
 Grupo C:    
Oficial Administrativo 26,06 792,72
Operador de Informática 26,06 792,72
 Grupo E:    
Jefe de Sección Administrativa 32,02 973,81
Programador-Analista de Informática 30,39 924,43
Responsable de Formación 32,02 973,81
 Grupo F:    
Jefe de Informática 36,89 1.121,99
Jefe de Personal 36,89 1.121,99
 Grupo G:    
Director Financiero 41,22 1.253,70
Director de Recursos Humanos 41,22 1.253,70
Área Almacén    
 Grupo B:    
Especialista de Almacén 20,39 620,35
 Grupo C:    
Oficial de Almacén 21,32 648,40
 Grupo D:    
Encargado de Almacén 27,14 825,64
Área Mantenimiento y Servicios Generales    
 Grupo A:    
Auxiliar Servicios Generales 20,30 617,30
 Grupo B:    
Especialista Servicios Generales 20,39 620,35
Vigilante o Portero 20,30 617,30
 Grupo C:    
Conductor de Segunda 23,90 726,86
Oficial de Servicios Generales 24,97 759,79
Oficial de Segunda de Mantenimiento 24,97 759,79
 Grupo D:    
Conductor de Primera 26,06 792,72
Oficial de Primera de Mantenimiento 27,14 825,64
 Grupo E:    
Encargado Sección de Mantenimiento 30,39 924,43
Área Comercial    
 Grupo C:    
Vendedor 24,43 743,11
 Grupo D:    
Técnico de Ventas 27,14 825,64
 Grupo E:    
Jefe Sección, Delegación o Zona 33,63 1.023 22
Modelo 31,47 957,36
 Grupo F:    
Jefe de Ventas 35,81 1.089,07
Técnico comercial 35,81 1.089,07
 Grupo G:    
Director comercial 41,22 1.253,70
Área Investigación y Desarrollo    
 Grupo B:    
Ayudante de Laboratorio 20,86 634,37
 Grupo C:    
Oficial de Laboratorio 22,82 694,13
 Grupo D:    
Técnico de Organización 27,14 825,64
 Grupo E:    
Encargado de Oficina Técnica 30,39 924,43
Jefe de Calidad 32,02 973,81
Diseñador 32,02 973,81
 Grupo F:    
Jefe de Laboratorio 37,97 1.154,93
Teórico 36,89 1.121,99
ANEXO IV

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA GÉNERO DE PUNTO, CALCETERÍA Y MEDIAS

Tablas salariales revisadas con el IPC real para el año 2003 vigentes desde 1.º de enero de 2003

Tabla B

Tabla de «referente previsto» para cada categoría profesional

Categoría profesional

Referente previsto

Euros/día o mes

Área de Producción (I) Fabricación  
 Grupo profesional A:  
1. Auxiliar 20,30
2. Operador 20,30
 Grupo profesional B:  
3. Especialista Confección 20,50
4. Especialista Tejedor Calcetines 20,70
5. Especialista Tejedor Medias 20,70
6. Especialista Tejedor G.P. Interior/Exterior 21,11
7. Especialista Confección Medias 20,30
 Grupo profesional C:  
8. Oficial Confección 22,05
9. Oficial Tejedor Medias y Calcetines 22,53
10. Oficial Tejedor G.P. Exterior 22,05
11. Oficial Acabados, Aprestos, Tintes y Estampados 22,05
 Grupo profesional D:  
12. Técnico Tejeduría 27,86
13. Técnico Confección 27,86
 Grupo profesional E:  
14. Encargado Sección 30,50
 Grupo profesional F:  
15. Mayordomo 1.091,14
 Grupo profesional G:  
16. Director Producción 1.253,76
Área de Producción (II) Almacén  
 Grupo profesional B:  
17. Especialista Almacén 20,30
 Grupo profesional C:  
18. Oficial Almacén 21,11
 Grupo profesional D:  
19. Encargado Almacén 28,95
Área de Administración e Informática  
 Grupo profesional A:  
20. Auxiliar Administración 617,30
 Grupo profesional B:  
21. Especialista Administración 617,30
 Grupo profesional C:  
22. Oficial Administración 2.ª 782,59
23. Operador Informática 748,57
 Grupo profesional D:  
24. Oficial Administración 1.ª 880,46
25. Programador-Analista Aplicaciones Informáticas 880,46
 Grupo profesional E:  
26. Jefe Administración 977,90
27. Analista Sistemas Informáticos 977,90
 Grupo profesional F:  
28. Jefe Informática 1.091,14
29. Director Financiero 1.253,76
30. Director Recursos Humanos 1.189,01
Área Mantenimiento y Servicios Generales  
 Grupo profesional A:  
31. Auxiliar 20,30
 Grupo profesional B:  
32. Vigilante-Portero 20,30
 Grupo profesional C:  
33. Conductor de segunda 22,05
34. Oficial Mantenimiento Servicios Generales 24,09
 Grupo profesional D:  
35. Conductor 1.ª 26,26
36. Oficial Cualificado Mantenimiento 27,27
 Grupo profesional E:  
37. Encargado Sección Mantenimiento 30,50
Área Comercial  
 Grupo profesional C:  
38. Oficial Ventas 748,57
 Grupo profesional D:  
39. Técnico Ventas 927,65
 Grupo profesional E:  
40. Jefe Delegación o Zona 927,65
 Grupo profesional F:  
41. Jefe Ventas 1.091,14
 Grupo profesional G:  
42. Director Comercial 1.253,76
Área Investigación y Desarrollo  
 Grupo profesional B:  
43. Ayudante Laboratorio 20,30
 Grupo profesional C:  
44. Oficial Laboratorio 22,05
 Grupo profesional D:  
45. Técnico Organización 27,27
 Grupo profesional E:  
46. Encargado Oficina Técnica 30,50
47. Jefe de Calidad 30,50
48. Diseñador 32,15
 Grupo profesional F:  
49. Jefe Laboratorio 32,15
50. Teórico 36,92

Salario mínimo intertextil:

20,30 €/día.

617,30 €/mes.

ANEXO V
Sector lana-2003

B. Tabla de referentes previstos para cada categoría profesional. revisada por I.P.C. a 31-12-2003

Grupo Categoría Referente previsto
(Euros)
  Área de Producción  
G Director de producción 1.185,59 Mes
Titulado superior 1.128,92 Mes
F Jefe de fabricación 1.043,79 Mes
E Titulado de grado medio 944,56 Mes
Técnico tintorero 916,96 Mes
Encargado de sección 902,05 Mes
D Contramaestre 831,11 Mes
C2 Ayudante de encargado y de contramaestre 761,29 Mes
C1 Tejedor 24,02 Día
Sorteador 23,61 Día
Oficial ayudante de tintorero 23,19 Día
Almacenero 23,19 Día
Oficial de ramo de agua 23,19 Día
Oficial de acondicionamiento 22,65 Día
B Especialista de preparación 21,72 Día
Especialista de hilatura 21,72 Día
Especialista de tejeduría 21,72 Día
Especialista ramo de agua 21,72 Día
Especialista de acondicionamiento 21,72 Día
A Auxiliar 21,28 Día
  Área de Mantenimiento y Servicios Generales  
G Titulado superior 1.128,92 Mes
F Jefe de tráfico y almacén 957,70 Mes
Jefe de mantenimiento 957,70 Mes
E Titulado de grado medio 944,56 Mes
Encargado de servicios generales 902,05 Mes
D Responsable de almacén 816,99 Mes
C2 Oficial de mantenimiento y servicios generales 25,92 Día
C1 Oficial ayudante 24,02 Día
B Especialista 21,72 Día
Telefonista 21,72 Día
A Auxiliar 21,28 Día
Área de Administración e Informática  
G Director financiero 1.185,59 Mes
Director de administración 1.185,59 Mes
Director Recursos Humanos 1.185,59 Mes
Titulados superiores 1.128,92 Mes
F Jefe de personal 957,70 Mes
Jefe de informática 957,70 Mes
E Técnico administrativo de primera 944,56 Mes
Técnico informático 944,56 Mes
D Técnico administrativo de segunda 859,54 Mes
C2 Oficial administrativo 802,81 Mes
C1 Oficial ayudante administrativo 689,38 Mes
B Especialista 21,72 Día
A Auxiliar 21,28 Día
  Área Comercial  
G Director comercial 1.185,59 Mes
Titulados superiores 1.128,92 Mes
F Jefe de ventas 1.043,79 Mes
E Técnico de ventas 902,05 Mes
D Responsable de almacén 816,99 Mes
C2 Oficial de ventas 802,81 Mes
C1    
B Especialista 21,72 Día
A Auxiliar 21,28 Día
  Área de Investigación y Desarrollo  
G Titulados superiores 1.128,92 Mes
F Jefe desarrollo productos 1.072,57 Mes
Jefe de laboratorio 957,70 Mes
Jefe de control de calidad 957,70 Mes
E Técnico tintorero 916,96 Mes
D Técnico de desarrollo productos 845,53 Mes
C2 Oficial laboratorio 738,23 Mes
Oficial control calidad 738,23 Mes
C1 Oficial ayudante 23,19 Día
B Especialista 21,72 Día
A Auxiliar 21,28 Día

Salario mínimo intertextil:

617,3 €/mes.

20,3 €/día.

C. Tabla del valor del 1 por 100 a efectos de aproximación al referente previsto (disposición transitoria segunda.3)

 

1%2003

efectos 1-1-2003

Euros

Valor

Acumulado

1998-2003

Euros

Personal Servicios Auxiliares    
Encargado de fogoneros 1,83 9,99 S
Fontanero 0,24 1,31 D
Personal Facultativo o Titulado    
Jefe Personal primera 10,40 56,88 M
Jefe Personal tercera 8,75 47,84 M
Maestro Industrial 7,92 27,57 M
Tejeduría    
Segundo teórico 9,71 53,10 M
Tejedor género liso 0,21 1,15 D
Tejedor hasta 150 cms. 0,21 1,15 D
Tejedor garrote 0,21 1,15 D
Tejedor circulares 0,21 1,15 D

D = Diario.

S = Semanal.

M = Mensual.

Se recogen aquellas categorías que aún siguen en proceso de adaptación. Para el resto se aplica el referente previsto.

D. Tabla salarial a partir de 1 de enero de 2003. Revisada por I.P.C. a 31-12-2003

 

Tablas 2003

Euros

(con revisión I.P.C.)

Personal Servicios Auxiliares  
Encargado de fogoneros 188,20 S
Fontanero 24,56 D
Personal Facultativo o Titulado  
Jefe Personal primera 1.072,57 M
Jefe Personal tercera 902,05 M
Maestro Industrial 816,99 M
Tejeduría  
Segundo teórico 1.001,39 M
Tejedor género liso 21,72 D
Tejedor hasta 150 cms. 21,72 D
Tejedor garrote 21,72 D
Tejedor circulares 21,72 D

D = Diario.

S = Semanal.

M = Mensual.

Se recogen aquellas categorías que aún siguen en proceso de adaptación.

Para el resto se aplica el referente previsto.

ANEXO VI

RAMO DE AGUA

Tablas 2003 revisadas según IPC real a 31/12/2003

Tabla B

Tabla de «referentes previstos» para cada categoría profesional (Disp. Trans. 2.ª 2 del Convenio General)

Grupo

Profesional

Categorías

Referente día

– 

Euros

Referente mes

 

Euros

  Área Producción    
A Auxiliar 22,82 693,92
B Especialista 26,36 801,83
C Oficial   874,05
D Ayudantes Técnicos   946,91
Estampador   946,91
Estampador Maq. Automática   1.037,60
Contramaestre   1.037,60
E Tintorero-Colorista   1.146,56
Encargado   1.146,56
F Jefe de Producción   1.308,84
G Director Técnico   1.488,75
Titulado Superior   1.488,75
  Mantenimiento y Servicios Generales    
A Auxiliar Servicios Generales 22,82 693,92
B Vigilante/Portero 26,36 801,83
Especialistas de Oficios Auxiliares 27,56 838,15
Especialista de Transporte 27,56 838,15
C Conductor Segunda   891,68
Oficial Segunda Servicios Generales   910,37
D Conductor Primera   980,89
Oficial Primera Servicios Generales   1.018,48
E Encargado Secc. Mantenimiento   1.127,23
F Jefe Mantenimiento   1.308,84
G Titulado Superior   1.488,75
  Administración e Informática    
B Auxiliar Administrativo 26,36 801,83
C Oficial 2.ª Administrativo   891,68
Operador de Informática   891,68
D Oficial 1.ª Administrativo   1.072,44
Programador Informático   1.072,44
E Jefe de Sección Administrativa   1.180,56
Responsable de Formación   1.180,56
Programador-Analista Informát.   1.180,56
F Jefe Informática   1.344,10
Jefe de Personal   1.344,10
Jefe Administración   1.344,10
G Director Financiero   1.488,75
Director de RR.HH.   1.488,75
Titulado Superior   1.488,75
  Comercial    
C Oficial Ventas   910,37
D Técnico Ventas   980,89
E Jefe Secc. Delegación o Zona   1.146,56
Modelo   1.146,56
F Jefe de Ventas   1.308,84
Técnico Comercial   1.308,84
G Director Comercial   1.488,75
Titulado Superior   1.488,75
  I+D    
A Auxiliar 22,82 693,92
B Especialista 26,36 801,83
C Oficial Ayudante   874,05
Oficial Laboratorio   874,05
Oficial Control de Calidad   874,05
D Técnico Desarrollo Productos   980,89
E Técnico Tintorero   1.146,56
F Jefe Desarrollo Productos   1.308,84
Jefe Laboratorio   1.308,84
Jefe Control de Calidad   1.308,84
G Titulado Superior   1.488,75
ANEXO VII

FIBRAS DIVERSAS

Tablas de referentes previstos para categorías profesionales

2003 (revisada)

Grupo profesional

Categoría

profesional

Puesto de trabajo

Referente

previsto

G Directores.

Director producción.

Director financiero.

Director recursos humanos.

Director comercial.

47,92 €/día; 1.457,78 €/mes.
F Jefaturas superiores.

Jefe operación/Técnico producción.

Jefe administración.

Jefe informática.

Jefe personal.

Jefe ventas.

Técnico comercial.

Jefe laboratorio.

Teórico.

46,40 €/día; 1.411,02 €/mes.
E Jefes Sección. Técnicos Superiores.

Encargado de sección.

Jefe sección administrativa. Programador analista informática.

Responsable formación.

Jefe sección, delegación o zona.

Modelo.

Encargado sección mantenimiento.

Responsable oficina técnica.

Jefe de calidad.

Diseñador.

39,20 €/día; 1.192,11 €/mes.
D Jefes de Equipo.

Contramaestre/responsable de turno.

Oficial primera administrativo.

Programador informática.

Técnico ventas.

Encargado de almacén.

Conductor primera.

Oficial primera mantenimiento.

Técnico organización.

33,66 €/día; 1.023,61 €/mes.
C1 Oficiales producción. Oficial de producción. 24,85 €/día;
755,71 €/mes.
C2 Otros oficiales.

Oficial segunda administrativo.

Operador informática.

Oficial ventas.

Oficial almacén.

Conductor segunda.

Oficial servicios generales.

Oficial segunda mantenimiento.

Oficial laboratorio.

30,41 E/día;
925,23 E/mes.
B** Especialistas.

Especialista de producción.

Especialista preparación e hilatura.

Especialista de acabado.

Especialista de confección.

Especialista de cordelería.

Auxiliar administrativo.

Especialista almacén.

Vigilante portero.

Ayudante laboratorio.

23,44 €/día; 713,24 €/mes.
A Auxiliares.

Auxiliar de producción.

Auxiliar servicios generales.

20,30 €/día; 617,29 €/mes.

** Observaciones: Todos los puestos de trabajo incluidos en el grupo profesional B del área de producción que actualmente reciben la denominación de Oficial, continuarán con la misma denominación, sin que se produzca ninguna alteración de grupo.

ANEXO VIII
Sector seda. Año 2003

B. Tabla de referente previsto para cada categoría profesional (disposición transitoria segunda.2) a partir de 1 de enero de 2003 con revisión I.P.C. real 2003

Grupo Categoría

Mes

Euros

  Área de Administración e Informática  
B Auxiliar Administrativo 647,83
C Oficial segunda administrativo 837,26
Operador informática 837,26
D Oficial primera admistrativo 950,92
Programador informática 950,92
E Jefe Sección Administrativa 1.064,57
Programador analista informática 1.007,73
Responsable formación 1.064,57
F Jefe de Administración 1.235,06
Jefe informática 1.235,06
Jefe Personal 1.235,06
G Director financiero 1.386,59
Director de Recursos Humanos 1.386,59
Área Comercial  
C Oficial Ventas 894,08
D Técnico Ventas 1.077,73
E Jefe Sección, Delegación o Zona 1.121,39
Modelo 1.045,62
F Jefe de Ventas 1.197,17
Técnico comercial 1.197,17
G Director comercial 1.386,59
  Área Almacén  
B Especialista Almacén 20,68
C Oficial Almacén 24,41
D Encargado Almacén 29,39
  Área Mantenimiento y Servicios Generales  
A Auxiliar Servicios Generales 20,30
B Vigilante Portero 20,68
C Conductor segunda 25,65
Oficial Servicios Generales 26,90
Oficial segunda Mantenimiento 26,90
D Conductor primera 28,15
Oficial primera Mantenimiento 29,39
E Encargado Sección Mantenimiento 33,12
  Área de Producción  
A Auxiliar 20,30
Operario máquinas auxiliares cintería 20,30
Auxiliar R A. 20,30
B Especialista preparación de tejidos 20,68
Especialista torcidos y texturados 21,30
Especialista de extrusión 20,68
Especialista de cintería 20,68
Urdidor cintas y cortador cintas 21,92
Especialista teñido y apresto cintas 21,92
Especialista de torcido de redes 21,30
Especialista de redes 21,92
Especialista R. A. 21,30
C Oficial de preparación 25,03
Oficial de tejeduría 25,53
Oficial de cintería 23,79
Oficial modelista pasamanería manual 24,41
Oficial tejeduría tules y blondas 23,16
Fundidory pinceador de plomos de agujas de tules y blondas 25,65
Oficial de máquina de extrusión 24,41
Oficial R. A. 23,79
Ayudante de Contramaestre 25,53
D Contramaestre 30,64
Tulista 27,53
Ayudantes técnicos R. A. 26,90
Estampador R. A. 28,15
Contramaestre R. A. 30,64
E Encargado de Sección 33,12
Tintorero-Colorista R. A. 33,76
Encargado R. A. 33,12
Jefe Laboratorio R. A. 35,00
F Mayordomo 40,61
Jefe de Producción R. A. 1.310,82
G Director Técnico 1.386,59
Director Técnico R. A. 1.386,59
Titulado Superior R. A. 1.386,59
  Área Investigación y Desarrollo  
B Ayudante de Laboratorio 722,90
C Oficial de Laboratorio 894,08
D Técnico de Organización 931,97
E Encargado de Oficina Técnica 1.064,57
Jefe de Calidad 1.064,57
Diseñador 1.064,57
F Jefe de Laboratorio 1.235,06
Teórico 1.235,06

Salario mínimo intertextil:

20,30 €/día.

617,30 €/mes.

ANEXO IX
Tabla III

Tabla salarial de referente previsto para la industria de la confección con aplicación desde el 1-1-2003

Grupo profesional Categoría profesional Retribución diaria revisada al 3,1%

Retribución mensual revisada

al 3,1 %

G Directores 38,10 1.158,88
F Jefaturas Superiores 35,46 1.078,58
E Jefes Dpto./Téc. Super. 31,22 949,61
D Jefes Equip./Técnicos 28,07 853,80
Cl 1/Oficiales Especializ. 25,43 773,50
Cl 2/Oficiales Especializ. 23,84 725,13
C2 1/Oficiales 22,8o 693,5o
C2 2/Oficiales 21,75 661,56
B 1/Especialistas 21,24 646,05
B 2/Especialistas 21,24 646,05
A 1/Auxiliares 20,30 617,46
A 2/Auxiliares 20,30 617,46

TABLA IV «A»

(Salario diario)

Tabla de «Equiparación salarial» del nomenclátor para la industria de la confección con aplicación desde el 1-1-2003

Puestos de trabajo con regularización pendiente de realizar hasta conseguir el importe consignado en la tabla III de referentes previstos (párrafo 3, artículo 5, anexo IX de Confección)

Grupo profesional Categoría profesional

Puesto de trabajo

(categoría nomenclátor antiguo a extinguir)

Salario 2003

Regularización pendiente «N+1»

Euros

Revisado al 3,1 %

Euros

C.P.N. revisado al 3,1 %

Euros

C1 1. Oficiales Especializados. Ayudante Encargado 23,64 0,00 1,79
    Picador Dibujos Borda. Indu 23,08 0,00 2,35
    Picador Dibujos Mant. Bord 23,08 0,00 2,35
C1 2. Oficiales Especializados. Opera. Ofic. Vari. Camisería 23,64 0,00 0,20
    Opera. Ofic. Vari. Lenc. Serie 23,64 0,00 0,20
    Opera. Ofic. Vari. Corsetería 23,64 0,00 0,20
    Opera. Ofic. Vari. Mantecaire 23,64 0,00 0,20
    Opera. Ofic. Vari. Modistería 23,64 0,00 0,20
    Control Prendas Acabadas 23,64 0,00 0,20
C2 1. Oficiales. Guarda Jurado 21,54 0,00 1,26

Cálculo salario 2003:

Al salario de 2002, en los casos que tengan Regulación Pendiente, se le añade el 1 % del mismo y todo el conjunto se multiplica por 1,031. El complemento de 2002 se multiplica por 1,031.

TABLA IV «B»

(Salario mensual)

Grupo profesional Categoría profesional

Puesto de trabajo

(categoría nomenclátor antiguo a extinguir)

Salario 2003

Regularización pendiente «N+1»

Euros

Revisado al 3,1 %

Euros

C.P.N. revisado al 3,1 %

Euros

C1 1. Oficiales Especializados. Ayudante Encargado 719,05 0,00 54,45
  Picador Dibujos Borda. Indu 702,02 0,00 71,48
  Picador Dibujos Mant. Bord 702,02 0,00 71,48
C1 2. Oficiales Especializados. Opera. Ofic. Vari. Camisería 719,05 0,00 6,08
  Opera. Ofic. Vari. Lenc. Serie 719,05 0,00 6,08
  Opera. Ofic. Vari. Corsetería 719,05 0,00 6,08
  Opera. Ofic. Vari. Mantecaire 719,05 0,00 6,08
  Opera. Ofic. Vari. Modistería 719,05 0,00 6,08
  Control Prendas Acabadas 719,05 0,00 6,08
C2 1. Oficiales. Guarda Jurado 655,18 0,00 38,32

Cálculo salario 2003:

El salario mensual se calcula multiplicando el salario diario (tabla IV «A») por 365 y dividiendo por 12.

La Regularización Pendiente se calcula, restando del Referente Previsto de la categoría, el salario del puesto de trabajo.

ANEXO X

ALFOMBRAS

Tablas 2002 con incremento del 3,10 por 100 final

Tabla B

Tabla de «Referentes previstos para cada categoría profesional» (disposición transitoria segunda 2.º del Convenio general)

Grupos profesionales Tabla salarial Producción Mantenimiento y Serv. Grales. Administración e Informática Comercial Área DiseñoeI+D
Sal. base Comp. sal. Revisiones
A. Euros. 16,71 0,68 5,84 Auxiliar. Auxiliar. Auxiliar. Auxiliar. Auxiliar.
B. Euros. 16,98 0,68 6,11 Esp. Preparación. Vigilante y Portero. Administrativo. Especialista. Especialista.
        Esp. Acabados. Esp. Almacén.      
        Esp. Com. Varios.        
        Esp. Hilatura.        
C. Euros. 19,91   6,64 Of. Hilatura. Of. Mantenimiento. Of. Administrativo. Of. Ventas. Oficial.
        Of. Tintes. Of. Serv. Grales. Of. Informático.    
        Of. Tejeduría.        
        Of. Acabados.        
        Of. Aux. Encarg.        
D. Euros. 24,09   7,14 Jefe Equipo. Tec. Mantenimiento. Tec. Administrativo.    
        Encargado. Enc. Almacén. Program. Informático.    
E. Euros. 25,94   7,33 Jefe Fábrica. Jefe Mantenimiento. Jefe Administrativo. Viajante. Diseñador.
        Encarg. Gener.   Program. Analista.   Jefe Laboratorio.
F. Euros. 34,95   8,64     Jefe de Personal. Jefe de Ventas.  
            Jefe de Informática.    
G. Euros. 39,16   9,14 Dir. Producción.   Dir. Financiero. Dir. Comercial.  
            Dir. Administración.    
            Dir. Rec. Humanos.    
  Euros
Anexo: Artículo 11. Tabla salarial. Plus carencia incentivos 2,2

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/03/2004
  • Fecha de publicación: 06/05/2004
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 29 de julio de 2003 (Ref. BOE-A-2003-16251).
Materias
  • Confecciones
  • Convenios colectivos
  • Industria textil

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