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Documento BOE-A-2004-954

Orden FOM/20/2004, de 14 de enero, por la que se modifica parcialmente la Orden FOM/268/2002, de 11 de febrero, sobre convocatoria y selección de entidades de crédito y regulación de otros aspectos relacionados con los Convenios entre las mismas y el Ministerio de Fomento para la financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del plan de vivienda 2002-2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2004, páginas 1915 a 1916 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2004-954
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2004/01/14/fom20

TEXTO ORIGINAL

La Orden FOM/268/2002, de 11 de febrero, sobre convocatoria y selección de entidades de crédito y regulación de otros aspectos relacionados con los Convenios entre las mismas y el Ministerio de Fomento para la financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan de Vivienda 2002-2005, en su artículo 3.4 establece que los préstamos que se concedan en el ámbito de cada programa anual del citado Plan de Vivienda habrán de corresponder a actuaciones que hayan sido calificadas o declaradas como protegidas hasta el 31 de diciembre, inclu sive, del año al que se refiera el convenio al amparo del cual se concedan dichos préstamos.

Analizado el desarrollo del programa 2003 del mencionado Plan de Vivienda, así como la evolución prevista del entorno económico en general, se considera conveniente introducir en dicho programa, iniciado oficialmente el 12 de marzo del mismo año (día de publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo de 7 de marzo del Consejo de Ministros sobre nuevo tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos cualificados de dicho Plan de Vivienda), un cierto grado de flexibilidad, evitando, simultáneamente, cualquier solución de continuidad entre el mismo y el correspondiente al año 2004, cuyo inicio tendrá lugar según los mecanismos que establece la mencionada Orden.

Por ello, se procede a modificar el artículo 3.4 de dicha Orden, ampliando el plazo máximo de calificaciones o declaraciones de actuaciones protegidas, a efectos de obtención de préstamos cualificados, en el programa 2003, fijándolo en el 31 de enero de 2004.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden FOM/268/2002, de 11 de febrero.

La fecha límite del 31 de diciembre, establecida en el párrafo segundo del artículo 3.4 de la Orden FOM/268/2002, de 11 de febrero, sobre convocatoria y selección de entidades de crédito y regulación de otros aspectos relacionados con los convenios entre las mismas y el Ministerio de Fomento para la financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan de Vivienda 2002-2005, queda modificada, excepcionalmente para el programa 2003 del mencionado Plan, fijándola en el 31 de enero de 2004.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 14 de enero de 2004.

ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/01/2004
  • Fecha de publicación: 16/01/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 16/01/2004
Referencias anteriores
  • AMPLÍA el plazo del art. 3.4 de la Orden de 11 de febrero de 2002 (Ref. BOE-A-2002-2994).
Materias
  • Ceuta
  • Comunidades Autónomas
  • Créditos
  • Dirección General de la Vivienda la Arquitectura y el Urbanismo
  • Entidades de crédito
  • Melilla
  • Préstamos
  • Suelo
  • Viviendas
  • Viviendas de Protección Oficial

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