De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como en el artículo 6.2 del Real Decreto 49/2004, de 19 de enero, sobre homologación de planes de estudio y títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, he resuelto publicar la modificación del plan de estudios del título de Ingeniero Industrial, aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad Jaume I del día 30 de noviembre de 2004, y autorizada por acuerdo de la Comisión Académica del Consejo de Coordinación Universitaria del día 11 de mayo de 2005, que figura en el anexo.
Castellón de la Plana, 26 de mayo de 2005.-El Rector, Francisco Toledo Lobo.
ANEXO
6. □ SE OTORGAN, POR EQUIVALENCIA, CRÉDITOS A: SÍ (7) □ PRÁCTICAS EN EMPRESAS, INSTITUCIONES PÚBLICAS O PRIVADAS, ETC. X □ TRABAJOS ACADÉMICAMENTE DIRIGIDOS E INTEGRADOS EN EL PLAN DE ESTUDIOS. X □ ESTUDIOS REALIZADOS EN EL MARCO DE CONVENIOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR LA UNIVERSIDAD. X □OTRAS ACTIVIDADES: CONVENIOS NACIONALES SUSCRITOS POR LA UNIVERSIDAD. X
- EXPRESIÓN, EN SU CASO, DE LOS CRÉDITOS OTORGADOS: 12 CRÉDITOS PARA LA ESTANCIA EN PRÁCTICAS, PROYECTO FIN DE CARRERA Y HASTA 22,5 CRÉDITOS POR ESTUDIOS REALIZADOS EN EL MARCO DE CONVENIOS INTERNACIONALES Y NACIONALES SUSCRITOS POR LA UNIVERSIDAD. - EXPRESIÓN DEL REFERENTE DE LA EQUIVALENCIA (8): ESTANCIA EN PRÁCTICAS, PROYECTO FIN DE CARRERA (OBLIGATORIAS). 1 CRÉDITO = 10 HORAS DE TRABAJO. CONVENIOS INTERNACIONALES Y NACIONALES SUSCRITOS POR LA UNIVERSIDAD (OPTATIVAS). 1 CRÉDITO = 10 HORAS.
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