Aprobadas por el Consejo de Coordinación Universitaria modificaciones en distintos planes de estudios, mediante acuerdo de su Comisión Académica de fecha 15 de diciembre de 2004, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6.2 del Real Decreto 49/2004, de 19 de enero de 2004 (BOE de 22 de enero),
Este Rectorado ha resuelto publicar las modificaciones antes mencionadas, que quedan estructuradas como figuran en los siguientes Anexos.
Jaén, 17 de enero de 2005.-El Rector, P.D. (Delegación por Resolución de 22-1-04), el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, Rafael Perea Carpio.
ANEXO I Diplomado en Fisioterapia, publicado por Resolución de la Universidad de Jaén de 9 de marzo de 2004 (BOE de 30 de marzo)
En el Anexo 3 (Estructura general y organización del plan de estudios), apartado II (Organización del plan de estudios), párrafo 3, añadir:
«3.3. Se establece que la correspondencia de horas por crédito en la asignatura Estancias Clínicas será de 25 horas por crédito.»
ANEXO II Diplomado en Turismo, publicado por Resolución de la Universidad de Jaén de 28 de junio de 2002 (BOE de 18 de julio)
En el Anexo 3 (Estructura general y organización del plan de estudios), apartado II (Organización del plan de estudios), párrafo 3, añadir:
«3.3. Para cursar el Practicum el estudiante debe haber superado 65 créditos entre materias troncales y obligatorias de este plan de estudios. La correspondencia de horas por crédito del Practicum será de 20 horas por crédito.»
ANEXO III Diplomado en Trabajo Social, publicado por Resolución de la Universidad de Jaén de 28 de julio de 2000 (BOE de 23 de agosto)
En el Anexo 3 (Estructura general y organización del plan de estudios), apartado II (Organización del plan de estudios), párrafo 3, añadir:
«3.3. Para cursar las materias troncales Prácticas de Bienestar Social I y Prácticas de Bienestar Social II, el estudiante debe haber superado 51 y 67 créditos, respectivamente, de la troncalidad de este plan de estudios.»
ANEXO IV Maestro, especialidad de Educación Infantil, publicado por Resolución de la Universidad de Jaén de 28 de julio de 2000 (BOE de 23 de agosto)
En el Anexo 2-B, correspondiente a las asignaturas obligatorias, añadir a las áreas de conocimiento vinculadas a la asignatura obligatoria El Dibujo Infantil el área de Didáctica de la Expresión Plástica.
ANEXO V Maestro, especialidad de Educación Primaria, publicado por Resolución de la Universidad de Jaén de 28 de julio de 2000 (BOE de 23 de agosto)
En el Anexo 2-C, correspondiente a las asignaturas optativas, añadir a las áreas de conocimiento vinculadas a la asignatura obligatoria Dibujo para Maestros el área de Didáctica de la Expresión Plástica.
ANEXO VI
Planes de estudios conducentes a los títulos de Ingeniero en Geodesia y Cartografía, publicado por Resolución de la Universidad de Jaén de 3 de octubre de 2000 (BOE de 19 de octubre); Ingeniero en Organización Industrial, publicado por Resolución de la Universidad de Jaén de 7 de junio de 1999 (BOE de 29 de junio); Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electricidad; Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial; Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Mecánica; Ingeniero Técnico en Topografía, publicados por Resolución de 3 de octubre de 2000 (BOE de 19 de octubre); Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, publicado por Resolución de la Universidad de Jaén de 15 de octubre de 1997 (BOE de1 de noviembre); Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Telemática, publicado por Resolución de la Universidad de Jaén de 2 de septiembre de 1999 (BOE de 23 de septiembre); Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Química Industrial, publicado por Resolución de la Universidad de Jaén de 16 de enero de 1986 (BOE de 3 de febrero); Ingeniero Técnico de Minas, especialidad en Explotación de Minas; Ingeniero Técnico de Minas, especialidad en Sondeos y Prospecciones Mineras, publicados por Resolución de la Universidad de Jaén de 10 de enero de 1997 (BOE de 4 de febrero); Ingeniero Técnico de Minas, especialidad en Recursos Energéticos, Combustibles y Explosivos, publicado por Resolución de la universidad de Jaén de 13 de febrero de 1995 (BOE de 2 de marzo) La redacción del apartado b) del epígrafe 1 (Especificaciones) de la sección II (Organización del Plan de Estudios) del Anexo 3 (Estructura General y Organización del Plan de Estudios) de los Planes de Estudios conducentes a los títulos antes mencionados quedará como sigue:
«b) 1. A efectos de la ordenación temporal del aprendizaje, en la asignatura ''Proyecto Fin de Carrera'' podrán matricularse los estudiantes que tengan pendientes, como máximo, 75 créditos para finalizar sus estudios.
2. Para que la asignatura ''Proyecto Fin de Carrera'' pueda ser evaluada, el estudiante deberá tener cursadas todas las asignaturas que exige su plan de estudios, y superados, al menos, el 90 % de los créditos troncales y obligatorios.»
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