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Documento BOE-A-2005-5467

Resolución de 16 de marzo de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales definitivas para el año 2004, y las provisionales para el año 2005, del Convenio Colectivo estatal de industrias lácteas y sus derivados.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 5 de abril de 2005, páginas 11604 a 11604 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-5467
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/03/16/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el contenido de las tablas salariales definitivas para el año 2004 y las provisionales para el año 2005 del Convenio Colectivo Estatal de Industrias Lácteas y sus Derivados (Código de Convenio nº 9903175), que han sido suscritas con fecha 21 de febrero de 2005, de una parte por la organización empresarial FENIL en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de marzo de 2005.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

Año 2004

Diario

Mensual

Anual

Hora

Personal técnico:

Técnico superior

-

1.061,86

17.624,65

9,91

Técnico medio

-

927,48

15.609,04

8,78

Otros técnicos

-

837,20

14.254,82

8,02

Empleados administrativos comerciales:

Jefe de área

-

904,13

15.258,74

8,58

Jefe de sección

-

872,33

14.781,82

8,31

Oficial de primera

-

754,16

13.009,17

7,32

Oficial de segunda

-

687,47

12.008,83

6,75

Auxiliar

-

590,03

10.547,28

5,93

Repartidores y/o autoventas

20,03

10.830,48

6,09

Producción y tareas auxiliares:

Especialista u oficial de primera

20,76

622,80

11.163,36

6,28

Especialista u oficial de segunda

20,39

611,70

10.994,64

6,18

Especialista u oficial de tercera

20,03

600,90

10.830,48

6,09

Peón

19,64

589,20

10.652,64

5,99

Personal de limpieza

-

-

-

3,08

Quebranto de moneda:

Cajero

31,00

Auxiliar de caja y cobradores

23,00

Dieta de comida y alojamiento:

Plus de asistencia 5,60

Almuerzo

9,00

Desayuno

3,00

Alojamiento

20,00

Año 2005

Diario

Mensual

Anual

Hora

Personal técnico:

Técnico superior

-

1.088,41

18.065,37

10,16

Técnico medio

-

950,67

15.999,27

9,00

Otros técnicos

-

858,13

14.611,17

8,22

Empleados administrativos comerciales:

Jefe de área

-

926,73

15.640,17

8,80

Jefe de sección

-

894,14

15.151,32

8,52

Oficial de primera

-

773,01

13.334,37

7,50

Oficial de segunda

-

704,66

12.309,12

6,92

Auxiliar

-

604,78

10.810,92

6,08

Repartidores y/o autoventas

20,53

11.080,37

6,23

Producción y tareas auxiliares:

Especialista u oficial de primera

21,28

638,40

11.421,62

6,42

Especialista u oficial de segunda

20,90

627,00

11.248,72

6,33

Especialista u oficial de tercera

20,53

615,90

11.080,37

6,23

Peón

20,13

603,90

10.898,37

6,13

Personal de limpieza

-

-

-

3,16

Quebranto de moneda:

Cajero

31,78

Auxiliar de caja y cobradores

23,58

Dieta de comida y alojamiento:

Plus de asistencia 5,74

Almuerzo

9,23

Desayuno

3,08

Alojamiento

20,50

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/03/2005
  • Fecha de publicación: 05/04/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 23 de febrero de 2005 (Ref. BOE-A-2005-4197).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Leche
  • Productos lácteos
  • Queso

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