El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado completamente, por última vez, por la Resolución de 17 de diciembre de 2004. Habiéndose producido desde esta última, la publicación de diferente normativa comunitaria que supone una variación sobre la actual codificación, se hace necesaria la adaptación de la estructura y codificación del TARIC, sustituyendo los códigos afectados. Basándose en lo anterior, se acuerda lo siguiente:
Primero.-Actualizar la nomenclatura y codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), reemplazándose los textos de las partidas afectadas por los incluidos como anexo A, y aplicables desde el 2 de enero de 2005.
Segundo.-Incluir como anexo B, los códigos TARIC que se suprimen a partir del 2 de enero de 2005. Tercero.-Actualizar la relación de Códigos Adicionales según los contenidos en el anexo C y aplicables a partir del 2 de enero de 2005. Cuarto.-Incluir como anexo D, los Códigos Adicionales que se suprimen a partir del 2 de enero de 2005. Quinto.-La presente actualización será aplicable desde el 2 de enero de 2005.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 30 de diciembre de 2004.-El Director del Departamento, P.S. (OM 2-6-94, BOE 9-6-94), el Subdirector General de Gestión Aduanera, Pascual Tomás Hernández.
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